Caso Manuel Benítez: pidieron revocar la probation otorgada al imputado de causar la muerte del refugiero

Así lo solicitaron la fiscalía y la querella a la jueza que revisará la decisión del magistrado Bernardo Campana, que le otorgó el beneficio al acusado. Pretenden llevarlo a juicio al concesionario del refugio Frey de Bariloche y empleador de la víctima.

Juan Ramón Benítez sujetó el micrófono y con voz temblorosa se dirigió a la jueza Romina Martini. Con profundo dolor, expresó lo que sentía. Sus palabras reflejaron la angustia y la impotencia por la muerte de su hijo Manuel que para ellos era evitable. Dijo que hace 20 meses que esperan Justicia y que están cansados, con su esposa Jimena Cerda, madre de la víctima, de pelear para que la muerte de Manuel no quede impune.

En la sala de audiencias hubo llantos silenciosos de personas que acompañaron a los padres de Manuel, que son querellantes en la causa que tiene como imputado a Federico Pajarín.

El acusado era el concesionario del refugio Frey y empleador de Manuel, que murió atrapado por un temporal de nieve cuando se dirigía a trabajar al establecimiento de montaña ubicado en el cerro Catedral, por indicación del acusado.

Este jueves, la fiscal jefa Betiana Cendón pidió a la jueza Romina Martini que revoque por arbitraria la resolución del magistrado Bernardo Campana, que concedió el 19 de octubre pasado el beneficio de la probation a Pajarín, imputado por haber causado, a partir de su conducta antirreglamentaria y negligente, la muerte del joven refugiero durante un temporal de nieve en Bariloche.

El abogado Raúl Ochoa adhirió al pedido, en representación de los padres de Benítez, que son querellantes en la causa. Alegó que la resolución de Campana vulneró el derecho que tienen las víctimas a una tutela judicial efectiva.

La decisión de Campana de conceder el beneficio de la suspensión de juicio a prueba a Pajarín impide que el acusado sea llevado a juicio, como reclaman la fiscalía y la querella.

El abogado querellante, Raúl Ochoa, junto a los padres de Manuel Benitez, que piden revocar el beneficio de la probation al acusado de causar la muerte de su hijo. (Foto de archivo Chino Leiva

Los fundamentos de la fiscalía y la querella


Cendón advirtió a Martini, que revisará la resolución de Campana, que no se tuvo en cuenta la oposición que manifestó la fiscalía y las víctimas en la audiencia de mediados de octubre pasado, cuando la defensa de Pajarín solicitó la probation.

La fiscal recordó las circunstancias que desencadenaron en la muerte del joven, que salió el 26 de abril del año pasado de su domicilio para ir a su trabajo en el refugio Frey, por indicación de Pajarín.

Benítez tenía que relevar a otro compañero refugiero. Salió de su casa rumbo al cerro Catedral, pero sin la ropa adecuada y las medidas de seguridad necesarias. En la caminata hacia el refugio lo sorprendió un intenso temporal de nieve. No tenía ni una radio para comunicarse y pedir auxilio.

Dos días después, los rescatistas lo encontraron muerto. Estaba a unos cien metros del refugio. Tenía 29 años.

Cendón advirtió que Pajarín omitió su deber de cuidado. Afirmó que no hizo nada para impedir que Benítez ascendiera a la montaña con un temporal de nieve.

Cuestionó la concesión del beneficio de la suspensión de juicio a prueba que Campana le otorgó a Pajarín a pesar de que las víctimas manifestaron su desacuerdo.

Observó que la resolución de Campana parte de una premisa errónea. Aseguró que el beneficio de la probation no es un derecho automático para un imputado. Sostuvo que está en cabeza del Ministerio Público Fiscal analizar cada caso.  

Calificó como arbitraria la decisión de Campana. “Lo más grave es que no se escuchó a las víctimas”, aseveró. Objetó los 800.000 pesos que Pajarín ofreció para reparar los daños causados, porque “no es racional ni proporcional” a la muerte de un hijo. Por eso, pidió revocar la decisión de Campana y que siga el proceso penal adelante.

Ochoa rememoró que ellos como querellantes habían recusado por falta de imparcialidad a Campana para que no intervenga en la causa, porque el magistrado había reconocido que él y su familia son socios del Club Andino Bariloche, que le otorgó la concesión del refugio a Pajarín. Pero el juez Juan Martín Arroyo desestimó la recusación.

Advirtió que la tragedia por la muerte de Manuel ocurre “en un marco de codicia”. Destacó que el concesionario cobra una suma importante por cada persona que pernocta en el refugio.

Ochoa planteó que a pesar de la pretensión punitiva “muy precaria” manifestada por Cendón de menos de 3 años de prisión para Pajarín en el caso de ir a juicio, la querella había adelantado que su intención era lograr una condena efectiva de 4 años de prisión.

Para Ochoa, ese planteo de la querella era un obstáculo para concederle la probation a Pajarín, porque es un beneficio para penas en suspenso menores de 3 años de prisión. “Se ha ignorado la postura de la querella”, aseveró.


Para la defensa la decisón es ajustada a derecho


El defensor particular Juan Manuel García Berro refutó cada uno de los planteos de la fiscalía y la querella. Afirmó que Pajarín cumple con los requisitos que prevé la ley para conceder la probation y destacó que es un derecho que tiene el imputado.

Recordó que la pretensión punitiva expresada por Cendón de menos de 3 años de prisión equivale a una condena en suspenso. Según García Berro, esa postura de la fiscal allanó el camino para pedir la probation.

Y advirtió que la fiscalía debe ser imparcial. Observó que la postura de la fiscalía lejos está de ser fundada y motivada. Por eso, pidió a Martini confirmar lo resuelto por Campana. Martini dijo que el martes comunicará su decisión.


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