Crimen de Luciano García en Roca: «Insuficiente», dijo el tribunal y el acusado fue absuelto por falta de pruebas

El tribunal de Roca absolvió a Santiago Melillán por el homicidio de Luciano García. Consideró que las pruebas fueron insuficientes para demostrar su responsabilidad penal.

El Tribunal de Juicio de Roca absolvió por unanimidad a Santiago Melillán, acusado por el homicidio agravado de Luciano García, ocurrido en mayo de 2024. Tras un extenso debate oral y público, los jueces concluyeron que la fiscalía y la querella no lograron acreditar con certeza la responsabilidad penal del joven y aplicaron el principio de la duda a su favor.

La sentencia fue leída este lunes en la sala de audiencias de la Ciudad Judicial de Roca. El juez Fernando Sánchez Freytes estuvo presente en representación del tribunal colegiado y emitió el primer voto, que acompañaron por los magistrados Luciano Garrido y Oscar Gatti.

El tribunal fundamentó la decisión en la insuficiencia de pruebas directas que vinculen a Melillán con el ataque que terminó con la vida de García.


La acusación y el contexto del caso


El Ministerio Público Fiscal había sostenido durante el juicio que Melillán fue coautor del homicidio de Luciano García, quien recibió disparos de arma de fuego en la noche del 6 de mayo de 2024, mientras circulaba en moto junto a un amigo. La fiscalía presentó como hipótesis que el ataque fue planificado por una denominada “banda”, de la cual Melillán formaba parte.

De acuerdo con la acusación, el móvil del crimen estuvo relacionado con un conflicto previo: García se había quedado con un arma de fuego perteneciente a ese grupo y además había brindado información a la policía que derivó en varios allanamientos contra sus integrantes. Esa situación generó amenazas y ataques previos contra la víctima.


Testimonios de familiares y vecinos


Durante el debate, familiares de García declararon que el joven había sido hostigado en varias oportunidades por la banda. Su madre relató que instaló cámaras de seguridad en su casa por temor a represalias, y que el propio Melillán le habría reclamado en más de una ocasión la devolución del arma. También afirmó que el acusado advirtió a uno de sus hijos menores que a Luciano «lo iban a matar».

Otros testigos confirmaron que García había sido agredido en un boliche y en una cancha de fútbol por miembros del grupo, aunque ninguno de ellos pudo identificar con certeza a los agresores de la noche del crimen. El amigo que lo acompañaba en moto relató que fueron interceptados por dos sujetos encapuchados que abrieron fuego, pero no pudo reconocerlos.


La prueba científica y sus límites


Uno de los ejes del fallo estuvo en la valoración de las pericias científicas. El tribunal destacó que no se encontraron rastros de pólvora en las manos de Melillán, ni restos de disparo en sus prendas de vestir. Tampoco se secuestró un arma de fuego vinculada al hecho en su poder.

Los informes de criminalística y química legal, realizados por gabinetes especializados de Río Negro, Córdoba y Ciudad de Buenos Aires, no arrojaron resultados concluyentes que lo incriminen. El análisis de celulares secuestrados tampoco aportó evidencia directa de participación en el homicidio.


Contradicciones y ausencia de certezas


En su resolución, el juez que abrió el voto señaló que, aunque existieron testimonios que vinculaban a Melillán con amenazas previas, ninguno de ellos resultó suficiente para establecer su autoría en el ataque mortal. Además, recordó que los únicos testigos directos del hecho —el amigo que acompañaba a García y un vecino que escuchó disparos— coincidieron en que los agresores estaban encapuchados y no pudieron ser identificados.

“Los acusadores no han podido demostrar, más allá de toda duda razonable, la intervención culpable del imputado en este muy triste suceso. Han acompañado prueba de cargo, pero la misma no alcanza para generar certezas y por eso debe ser absuelto”, expresó el juez en los fundamentos.


El fallo y la aplicación del beneficio de la duda


El tribunal coincidió en que la hipótesis del Ministerio Público Fiscal careció de prueba directa. En contraposición, la defensa presentó testigos que dieron cuenta de la ausencia de Melillán en el lugar de los hechos, y aunque sus declaraciones fueron cuestionadas por la fiscalía, no pudieron ser desacreditadas de manera contundente.

Finalmente, aplicando el artículo 8 del Código Procesal Penal, que establece la absolución en caso de duda insuperable sobre la responsabilidad del acusado, el tribunal resolvió declarar a Santiago Melillán “no culpable” del homicidio agravado de Luciano García.


Una absolución por unanimidad


La decisión fue adoptada de manera unánime por los tres magistrados que integraron el tribunal. Los jueces Garrido y Gatti adhirieron a los fundamentos del voto inicial, destacando que ningún testigo situó al imputado en el lugar del hecho, ni se le halló un arma o evidencia científica que lo comprometiera.

El tribunal citó a las partes para el próximo 5 de septiembre, a las 9:30 horas, ocasión en la que se dará lectura integral al fallo absolutorio. De este modo, Melillán quedó en libertad, luego de enfrentar un proceso judicial que lo había tenido en el centro de una de las investigaciones de un brutal crimen.


El Tribunal de Juicio de Roca absolvió por unanimidad a Santiago Melillán, acusado por el homicidio agravado de Luciano García, ocurrido en mayo de 2024. Tras un extenso debate oral y público, los jueces concluyeron que la fiscalía y la querella no lograron acreditar con certeza la responsabilidad penal del joven y aplicaron el principio de la duda a su favor.

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