Crimen en Plaza Huincul: condenaron a más de 10 años de cárcel a Jairo Ariel Díaz por el homicidio de Alexis Marín Bossel

El crimen, que conmocionó a la comarca petrolera, fue cometido en mayo de 2025 en el barrio Altos del Sur.

Redacción

Por Redacción

Un tribunal colegiado condenó hoy por unanimidad a Jairo Ariel Díaz a la pena de 10 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras hallarlo culpable del homicidio de Alexis David Marín Bossel. El crimen, que conmocionó a la comarca petrolera, fue cometido en mayo de 2025 en el barrio Altos del Sur.

La sentencia fue dictada por los jueces Lisandro Borgonovo, Eduardo Egea y Federico Sommer, quienes arribaron al monto de la pena tras evaluar los distintos pedidos de las partes durante la audiencia de cesura.

En sus alegatos, el fiscal jefe Gastón Liotard había solicitado una pena de 11 años de prisión efectiva, mientras que la querella particular —en representación de la familia de la víctima— requirió una condena de 15 años. Por su parte, la defensa de Díaz había pedido una sanción inferior al mínimo legal, planteo que fue desestimado por el tribunal. Cabe recordar que el imputado ya había sido declarado responsable penal del homicidio en marzo pasado.

El hecho: una discusión que terminó en tragedia


De acuerdo con la investigación liderada por el Ministerio Público Fiscal, el homicidio ocurrió el 4 de mayo de 2025, alrededor de las 00:15 horas, en una vivienda ubicada en el barrio Altos del Sur de Plaza Huincul.

Luego de mantener una discusión previa con la víctima, Jairo Ariel Díaz se presentó frente al domicilio de Marín Bossel. Desde la vereda y por encima de la reja perimetral, Díaz efectuó tres disparos con un arma de fuego.

Uno de los proyectiles impactó directamente en la cabeza de la víctima. Marín Bossel fue trasladado de urgencia a un centro de salud local y, debido a la gravedad de su cuadro, posteriormente fue derivado a la ciudad de Neuquén, donde falleció el 15 de mayo como consecuencia de las lesiones sufridas.

Los argumentos del tribunal para fijar la pena


Al momento de fundamentar el monto de la condena, el tribunal rechazó en primer término un planteo de la defensa que buscaba declarar inconstitucional el agravante previsto por la ley para los homicidios cometidos con armas de fuego.

Para graduar la sanción, los magistrados sopesaron tanto los elementos en contra como a favor del imputado. Entre los agravantes los jueces valoraron que Díaz se acercó armado al domicilio de la víctima de manera premeditada, lo convocó para que se acercara hacia el frente de la casa, efectuó tres disparos y, tras el ataque, se dio a la fuga sin brindarle ningún tipo de asistencia médica.

Dentro de los atenuantes, se consideraron como elementos institucionales a favor de Díaz, su juventud, sus condiciones personales, la total ausencia de antecedentes condenatorios previos y el hecho de que, días después del homicidio, se presentó voluntariamente en una dependencia policial para reconocer su participación en el hecho.

A partir de este análisis equilibrado de las circunstancias, el tribunal colegiado concluyó que correspondía imponer la pena mínima prevista por el Código Penal para el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, fijándola en 10 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, sumado a la inhabilitación absoluta y el pago de las costas del proceso.


Un tribunal colegiado condenó hoy por unanimidad a Jairo Ariel Díaz a la pena de 10 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras hallarlo culpable del homicidio de Alexis David Marín Bossel. El crimen, que conmocionó a la comarca petrolera, fue cometido en mayo de 2025 en el barrio Altos del Sur.

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