Formularon cargos a otro coautor del crimen del comerciante en Bariloche
Se trata del sujeto que estaba prófugo de la Justicia de Chubut y recibió un balazo durante el trágico asalto. Defensa y fiscalía pulsearon sobre una posible nulidad por "autoincriminación".
El hombre que recibió un balazo en el ojo derecho durante el asalto en el que fue asesinado el comerciante Elías Miguel, fue imputado hoy como coautor de homicidio en ocasión de robo, tal como lo reclamaron la fiscalía y la querella y en contra de las impugnaciones que esgrimió el abogado defensor, fundadas en la supuesta actuación irregular de los médicos del hospital que atendieron a su defendido.
El juez de Garantías Juan Pablo Laurence desechó que hubieran incurrido en una violación del secreto profesional que invalide la evidencia y también negó que haya existido un forzamiento a la “autoincriminación” del imputado, Franco Alí González, tal como lo postuló su abogado particular, Ezequiel Palavecino.
El jueves pasado ya había sido imputado por el mismo hecho Juan Bonnefoi, a quien detuvieron 48 horas después, y la fiscalía tiene constancias de que hubo al menos otros cuatro participantes.
La audiencia se extendió por casi cuatro horas (incluido un extenso cuarto intermedio) y estuvo signada por la pulseada jurídica entre el defensor y los fiscales Martín Lozada y Facundo D´Apice. Este último fue el encargado de exponer cómo ocurrieron los hechos el pasado domingo 17, cerca de las 21, cuando cuatro personas entraron en forma violenta al domicilio de Miguel, ubicado sobre la calle Albarracín, fueron interceptados por su esposa, a quien preguntaron dónde estaba “el viejo” y luego se desató un tiroteó en el que uno de los ladrones fue alcanzado en el ojo y el comerciante perdió la vida.

Según el fiscal, los cuatro sujetos huyeron en forma precipitada, sin botín alguno, y tras de ellos quedó un rastro de sangre, en un pasillo lateral de la casa y en un paredón. Dos horas después González se presentó en el hospital donde dio una identidad ficticia, consciente de su complicada situación, porque desde febrero arrastra una declaración de rebeldía y pedido de captura por un delito cometido en Comodoro Rivadavia.
A los médicos de la guardia les dijo que había sido golpeado y sentía fuerte dolor, pero los exámenes posteriores, incluida la toma de radiografías, demostró que tenía una herida de bala. La policía con presencia permanente en el hospital estaba alertada y no tardó en vincularlo con el asalto que se había producido esa misma noche y la comprobación de que un asaltante había sido herido en el rostro, según declaró la mujer.
Un allanamiento posterior -detalló D´Apice- descubrió en el barrio Nahuel Hue donde presuntamente se refugió la banda. Allí fueron halladas ropas y también un baño con abundantes manchas de sangre, que están sujetas a pericias.
La falta de resultado de esas pericias fue una de las razones invocadas por el defensor para sembrar dudas sobre la participación de González en el hecho y oponerse a la formulación de cargos. Subrayó también la actuación de apellido Díaz, con funciones en el hospital zonal, quien figura como el receptor de las evidencias aportadas por los médicos. Palavecino citó jurisprudencia de la Corte Suprema en el fallo “Valdivieso” sobre los derechos básicos del paciente que llega con una dolencia a una consulta médica y su derecho a no autoincriminarse.
El fiscal Lozada tomó luego la palabra para objetar ese argumento y recordó que la causa Valdivieso fue por un imputado que había ingerido cápsulas con cocaína que lo pusieron en riesgo de muerte y no tenía relación con el caso que involucra a González.
La defensa también pidió la nulidad de los registros de cámaras de seguridad de la vivienda de las víctimas, porque trascendieron en forma pública. Dijo que condicionarían un futuro juicio por jurados. La querella ejercida por los abogados Martín Govetto y Tomás Soto también objetó esa filtración, pero la fiscalía la dijo que era “un agravio potencial” y no correspondia examinar la nulidad.
“La actuación médica no fue contraria a derecho”
Ante lo agudo de la controversia, el juez Laurence se tomó más de media hora y terminó por convalidar los cargos contra González. Habilitó también un período de cuatro meses de investigación como ya lo había hecho con el primer imputado, Juan Bonnefoi, y le dictó la prisión preventiva, fundada en los peligros de que se fugue o entorpezca la investigación.
El juez evaluó que que González “no fue coaccionado a presentarse ante la autoridad médica”, lo cual hubiera violado el derecho constitucional a no autoincriminarse bajo intimidación, presión o amenaza. En coincidencia con la fiscalía, consideró que están cumplidas las condiciones para la formulación de cargos, con el grado de “provisoriedad” reconocido para la actual etapa del proceso.
Laurence incluyó un análisis detenido del papel jugado por los médicos del hospital y concluyó que no hubo violación del secreto profesional en su declaración sobre el cuadro que presentaba González en la noche del 17 de mayo cuando requirió atención en la guardia. Dijo que las actuaciones policiales “no partieron” de la actuación de los profesionales de la salud sino “de los llamados al 911” que denunciaron el asalto con armas en la calle Albarracín.
Para el juez, “la actuación médica no fue contraria a derecho” y la acusación expuesta por el ministerio público no es “arbitraria ni antojadiza”. El juez dijo que ante la confrontación de dos derechos el juez debe definir y su decisión fue la revisión médica se ajustó a la ley, aun después de reconocer “el dilema que enfrenta un médico si atiende al presunto autor de un delito. Laurence dijo que el caso Valdivieso tenía relación con un delito de tráfico de estupefaciente y la imputación a González es por un homicidio en ocasión de robo, de modo que no serían comparables.
También valoró otro de los señalamientos de los fiscales al referir que el herido de bala que ingresó esa noche al hospital no podía ser ajeno al crimen de Miguel porque revisaron losp artes policiales y “no hubo informe de otros enfrentamientos armados” en las horas previas.
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