La jueza destituida en Roca también será investigada en el fuero penal

El Consejo de la Magistratura ordenó remitir actuaciones al Ministerio Público. "Se hizo justicia", dijeron desde Sitrajur.

La jueza de Familia Moira Revsin fue destituida ayer por el Consejo de la Magistratura, en el marco del jury realizado desde fines de mayo en Roca, por las acusaciones de maltrato en el ámbito laboral. 

La decisión fue anunciada por el juez del Superior Tribunal de Justicia, Sergio Ceci, quien leyó la sentencia emitida por el órgano que integran miembros del Poder Judicial, legisladores y representantes del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción. 

La máxima sanción fue producto del voto mayoritario de los consejeros, quienes entendieron que se acreditó el “mal desempeño de la función y graves desarreglos de conducta” por parte de la magistrada. 

Revsin no sólo deberá dejar su cargo en la Unidad Procesal 11 de Roca y afrontar las costas del proceso, sino que también fue inhabilitada por dos años para ocupar cargos dentro del Poder Judicial de Río Negro. 

Por otra parte, el Consejo de la Magistratura resolvió enviar al Ministerio Público Fiscal parte de las actuaciones surgidas del jury, para que se evalúe la posibilidad de iniciar un legajo penal por hechos que se revelaron durante las audiencias de debate. 

Ese camino había sido sugerido por el procurador general del Poder Judicial, Jorge Crespo, durante los alegatos de la semana pasada. El funcionario se enfocó en los testimonios y elementos que surgieron para describir cómo la magistrada ingresaba al sistema informático y modificaba el trabajo de empleados u otros operadores judiciales. “Lo más grave es quién lo borra: una jueza. Esto es tan grave, que deberá analizarse en otro lugar”, había dicho Crespo el viernes pasado. 

El representante de la parte acusadora había solicitado la máxima sanción, por considerar que estaban acreditados los tres hechos imputados a la jueza. “Estas conductas indican que ha perdido las condiciones necesarias para estar al frente de una unidad procesal”, alegó el procurador, con un criterio que fue compartido por la mayoría de los consejeros.    

Además del juez Ceci, el Consejo estuvo integrado para este proceso disciplinario por los legisladores Marcelo Szczygol y Juan Murillo Ongaro; la legisladora Marcela González Abdala; las consejeras abogadas Marina Luna y Daiana Reynoso; el consejero abogado Federico Diorio y el juez por el fuero Laboral Victorio Gerometta.   

Las acusaciones que abrieron paso al jury fueron presentadas desde el gremio Sitrajur, de la Coordinadora de la Oficina de Tramitación Integral del Fuero de Familia (OTIF) y de parte del staff del juzgado.   

Los hechos ocurrieron entre 2017 y 2021, cuando se dieron situaciones que, a juicio de los denunciantes, constituyeron “maltrato psicológico, maltrato sistemático, hostigamiento, atropello, acoso, persecución, hostilidad continua, indebida injerencia de la magistrada en sus tareas y/o competencias, entorpecimiento del trabajo diario dentro del Juzgado”. 

La reacción del gremio Sitrajur

“Hoy podemos decir que se hizo justicia. Ahora exigimos que haya mecanismos de prevención efectivos del maltrato”, dijo el secretario general de Sitrajur, Emiliano Sanhueza, luego de la lectura de la parte resolutiva del fallo. 

Revsin había asumido como jueza de Familia en el 2015 y desde el inicio del proceso en su contra argumentó que las acusaciones eran excesivas y que derivaban de la confrontación que mantuvo durante años con el ahora exjuez (jubilado) de la Cámara Civil, Gustavo Martínez. 

Luego de los alegatos, en los que su defensor pidió la absolución o como máximo una suspensión, la jueza también hizo públicas sus disculpas ante quienes puedan haberse sentido afectados por sus acciones, insistiendo en que nunca tuvo un interés distinto al de mejorar el servicio de justicia. 

Ninguna de esas palabras fueron suficientes para cambiar su destino.  

La única posibilidad de revertir el escenario podría surgir de una decisión del STJ o de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a quienes apelan habitualmente los funcionarios o magistrados destituidos para cuestionar la legalidad de sus procesos de enjuiciamiento, ya que formalmente está previsto que las decisiones del Consejo de la Magistratura son irrecurribles. 


Los fundamentos de la sentencia


La destitución de Revsin fue avalada por siete consejeros, mientras que una integrante del Colegio de Abogados votó por una sanción de suspensión de 30 días.

Del voto mayoritario surge que “el objeto del juicio político no es castigar al magistrado, sino realizar un examen de sus condiciones de idoneidad y determinar si conserva los requisitos para desempeñar tan honorable función”.

A lo largo de la sentencia se desarrollaron los alcances del Protocolo de Prevención y Protección Frente a la Violencia Laboral en el ámbito del Poder Judicial de Río Negro, aprobado en 2021 por el Superior Tribunal de Justicia. Ese instrumento tiene como fin “erradicar aquellos comportamientos y prácticas que promueve un entorno de tolerancia cero de violencia o acoso laboral” en el Poder Judicial, a la luz de la normativa internacional de la Organización Internacional del Trabajo.

“No existen dudas de la formación técnica jurídica de la doctora Moira Revsin, pero debe señalarse que en la valoración de la idoneidad de una magistrada no sólo importa el conocimiento del derecho, sino que también deben ser analizadas y valoradas las cualidades personales y/o de perfil para llevar adelante equipos de trabajo, mantener relaciones interpersonales en un marco de respeto y desarrollar ambientes propicios para el desempeño de la función, de acuerdo a las pautas de actuación y la estructura organizativa dispuestas por el Superior Tribunal de Justicia”, destacó el Consejo.

El tribunal de enjuiciamiento tuvo por acreditado que existió “una conducta continuada, compuesta por una cantidad indeterminada de sucesos. Los tres hechos motivo de reproche disciplinario se ubican en el período de tiempo comprendido entre principios del año 2017 hasta el mes de diciembre del 2021, inclusive”.

Finalmente la sentencia valoró que si bien la jueza, al expresar las palabras finales del juicio, “pidió disculpas a las denunciantes y manifestó que de ninguna manera fue su intención tener conductas que las afectaran”, lo cierto es que el Protocolo del Poder Judicial para prevenir esos hechos “claramente establece que la violencia laboral se puede ejercer con intención o sin ella”.


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