La Justicia rechaza la posibilidad de hacer el juicio por el crimen de Nahuel en Bariloche

La querella planteó que el debate debe llevarse a cabo en el lugar del hecho para garantizar, además, la participación de los familiares de la víctima y los testigos. Desde el Tribunal Oral Federal de Roca recalcaron que el Juzgado de Bariloche no dispone de un espacio físico para desarrollar la audiencia.

El Tribunal Oral Federal de General Roca ratificó que el juicio por el homicidio del joven Rafael Nahuel que ocurrió el 25 de noviembre en Villa Mascardi se llevará a cabo en esa ciudad y no en Bariloche.

De esta forma, la resolución firmada por los jueces de Cámara, Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava, rechazó el pedido de la querella representada por Sebastián Feudal, abogado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, y, Horacio Pietragalla Corti y Mariano Przybylski, de la Secretaría de Derechos Humanos de Nación, para que el juicio que comienza el 14 de agosto se lleve adelante en la misma ciudad donde se cometió el crimen.

En su presentación, Feudal argumentó que «el debate debe desarrollarse en la jurisdicción de los hechos, en Bariloche. La transcendencia del caso exige la posibilidad de que, no solo los progenitores de la víctima asistan y participen, sino integrantes de la comunidad de Rafael, y el público en general”. Agregó, por otro lado, que la gran mayoría de los testigos presenciales del hecho residen en Bariloche.

Los funcionarios nacionales Pietragalla Corti y Przybylski insistieron en «que los hechos que se investigan se han desarrollado en la comunidad Villa Marcardi» y pidieron tener en cuenta que los familiares de la víctima residen en la ciudad cordillerana. Mencionaron que la distancia entre Bariloche y la sede del Tribunal de Roca «exceden los 500 kilómetros de distancia».

Entre sus argumentos, el Tribunal Oral Federal de General Roca señaló que cuenta «con una sala de audiencias acondicionada para el desarrollo del debate con los recursos tantos informáticos como de personal y, con el espacio físico para albergar a las partes que concurran a las diversas jornadas de audiencias».

Admitió que «les asiste razón a las querellas en cuanto a que los hechos que aquí se investigan se han desarrollado y tienen origen en la ciudad de Bariloche», pero advirtieron que el Tribunal de esa ciudad «no cuenta con un espacio físico que permita realizar de manera adecuada el desarrollo del debate«.

Por último, los jueces consideraron que la decisión de que el debate se realice en General Roca «no se contrapone ni vulnera los principios de inmediatez, celeridad y publicidad que se deben salvaguardar en todo proceso penal».

Mencionaron también que deberán arbitrarse los medios para transmitir la audiencia a través de las plataformas tecnológicas «a fin de garantizar la publicidad del acto» y el acceso de las partes, testigos, familiares de los imputados, prensa y público en general, a través de la transmisión por la plataforma “Youtube”.

La acusación

De acuerdo la teoría de la fiscalía federal de Bariloche, el albatros de Prefectura Naval Sergio Cavia fue el autor del disparo que causó la muerte de Nahuel, durante un enfrentamiento entre una patrulla de esa fuerza federal y los integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, que habían usurpado en noviembre de 2017 predios de Parques Nacionales, en Villa Mascardi.

La fiscalía federal también acusó a otros cuatro albatros, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García, como participes necesarios del mismo delito.


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