La Justicia rechazó devolver un camión, un semirremolque y una excavadora retenidos en Cipolletti
Un empresario buscó recuperar de manera urgente un camión, un semirremolque y una excavadora mientras se discute la validez de una sanción municipal. El planteo fue desestimado y el proceso principal continúa.
Los tres equipos viales dispuesta por el Juzgado Municipal de Faltas de Cipolletti seguirá vigente. Foto: archivo.
La Justicia provincial rechazó el pedido de un empresario para recuperar de manera provisoria un camión, un semirremolque y una excavadora que permanecen retenidos por orden del Juzgado Municipal de Faltas de Cipolletti. El magistrado entendió que no estaban dadas las condiciones para suspender la medida mientras avanza la demanda en la que se discute la legalidad de la sanción impuesta por el municipio.
El conflicto comenzó con dos expedientes iniciados por presuntas infracciones a la Ordenanza 513/24, que regula las normas de comercio, obras y demoliciones. En marzo de 2026, el Juzgado Municipal de Faltas consideró acreditadas las faltas, rechazó el descargo presentado por el propietario y aplicó una multa solidaria. Además, dispuso la retención de los tres vehículos al considerarlos instrumentos directos de las infracciones.
El empresario intentó revertir esa decisión mediante un recurso de revocatoria, pero en mayo el organismo volvió a ratificar la medida. Tras ese resultado, presentó una demanda ante el fuero contencioso administrativo provincial y solicitó una medida cautelar innovativa para recuperar las máquinas antes de que exista una sentencia definitiva.
El argumento del propietario y la respuesta judicial
Al acudir a la Justicia provincial, el demandante sostuvo que el procedimiento administrativo presentó irregularidades. Afirmó que la imputación fue genérica, que no se describió con precisión la conducta atribuida y que tanto su descargo como la prueba aportada no fueron debidamente analizados.
También argumentó que las máquinas constituyen herramientas esenciales para desarrollar su actividad económica y que la imposibilidad de utilizarlas le genera pérdidas de ingresos, además del deterioro propio que sufren los equipos durante el tiempo que permanecen inmovilizados.
Con esos fundamentos pidió una medida cautelar innovativa para recuperar los bienes de manera provisoria mientras avanza la demanda principal, presentada para cuestionar la sanción municipal.
Por qué el juez decidió mantener la retención
Al analizar el planteo, el magistrado concluyó que no estaban reunidos los requisitos necesarios para suspender los efectos de la decisión administrativa.
En la resolución explicó que los actos dictados por la administración pública gozan de presunción de legitimidad y ejecutoriedad, por lo que quien pretende dejarlos sin efecto de manera cautelar debe acreditar, de forma clara, la verosimilitud del derecho invocado y la existencia de un perjuicio grave e irreparable.
El fallo remarcó que las críticas formuladas sobre el procedimiento podrán discutirse durante el juicio contencioso administrativo, pero que, en esta etapa preliminar, no alcanzan para demostrar una ilegalidad manifiesta que justifique la devolución inmediata de los equipos.
Además, recordó que las medidas cautelares innovativas tienen carácter excepcional porque modifican el estado de situación existente y, cuando recaen sobre decisiones de organismos públicos, ese criterio debe aplicarse con un estándar aún más estricto.
De esta manera, el camión, el semirremolque y la excavadora continuarán retenidos mientras la Justicia resuelve el fondo de la demanda presentada por el propietario contra la sanción impuesta por el municipio.
La Justicia provincial rechazó el pedido de un empresario para recuperar de manera provisoria un camión, un semirremolque y una excavadora que permanecen retenidos por orden del Juzgado Municipal de Faltas de Cipolletti. El magistrado entendió que no estaban dadas las condiciones para suspender la medida mientras avanza la demanda en la que se discute la legalidad de la sanción impuesta por el municipio.
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