Le dijo «vení, vamos a charlar» y lo asesinó en Neuquén: acordaron un año prisión para el responsable

la fiscal del caso Lorena Juárez presentó un acuerdo mediante el cual Mariano Nicolás Iuliano fue condena a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Néstor Jesús Ibarra. El crimen había sido en el barrio Sapere el 21 de agosto de 2025. La resolución admitió la figura de exceso en la legítima defensa.

Por Rodrigo Ramirez Aburto

Le dijo "vení, vamos a charlar" y lo asesinó en Neuquén: acordaron un año prisión para el responsable. Foto: archivo Diario Río Negro

Le dijo "vení, vamos a charlar" y lo asesinó en Neuquén: acordaron un año prisión para el responsable. Foto: archivo Diario Río Negro

En una audiencia de determinación de la pena, la fiscal del caso Lorena Juárez presentó un acuerdo mediante el cual Mariano Nicolás Iuliano fue condena a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Néstor Jesús Ibarra. La resolución judicial se dio bajo la figura legal de exceso en la legítima defensa y, al haber renunciado las partes a los plazos de impugnación, la sentencia quedó firme de manera inmediata.

Para arribar a este acuerdo, la representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta la solicitud expresa de la familia de la víctima de no continuar con el proceso judicial, postura que transmitieron formalmente a través del Servicio de Atención a la Víctima y Testigos (SAVyT).

El tribunal colegiado —integrado por las juezas Florencia Martini y Natalia Pelosso, junto al juez Juan Manuel Kees— avaló de manera unánime el acuerdo presentado. Cabe recordar que durante el juicio la fiscalía había solicitado originalmente una condena por homicidio simple; sin embargo, los magistrados concluyeron que no podía descartarse la hipótesis de que Iuliano actuara para protegerse de una agresión previa, aplicando el beneficio de la duda a favor del acusado para calificar el hecho como un exceso en la legítima defensa.

El antecedente del hecho


El crimen ocurrió entre las 4:45 y las 5:10 de la madrugada del 21 de agosto de 2025, en un sector del barrio Sapere de Neuquén cercano a la costa del río, sobre la calle Virgen de Luján. Néstor Jesús Ibarra se encontraba en la vivienda de su expareja junto a ella, una amiga y un hombre identificado como Ricardo.

Cuando el grupo salió a comprar cigarrillos, Iuliano llamó a Ibarra desde su propiedad, situada a unos 30 metros dentro del mismo lote, al grito de «Vení, vamos a charlar«. Pese al aviso de su expareja para que no se acercara —debido a un altercado previo ocurrido tres meses antes—, Ibarra caminó hacia la casilla del acusado.

Una vez allí, el agresor sorprendió a la víctima envolviéndole la cabeza y el torso con un nylon negro y le asestó una única puñalada con un arma blanca de grandes dimensiones en la zona costal izquierda, para luego darse a la fuga. Malherido, Ibarra alcanzó a pedir ayuda antes de desplomarse.

Sus acompañantes intentaron auxiliarlo y la expareja activó un botón antipánico otorgado previamente por la justicia para convocar al personal policial.

Pese al rápido arribo de los efectivos, la autopsia confirmó posteriormente que la víctima falleció a causa de un shock hipovolémico provocado por la lesión punzocortante que perforó ambos pulmones y el corazón.


En una audiencia de determinación de la pena, la fiscal del caso Lorena Juárez presentó un acuerdo mediante el cual Mariano Nicolás Iuliano fue condena a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Néstor Jesús Ibarra. La resolución judicial se dio bajo la figura legal de exceso en la legítima defensa y, al haber renunciado las partes a los plazos de impugnación, la sentencia quedó firme de manera inmediata.

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