Rechazan el pedido de desalojo contra una comunidad mapuche en El Bolsón

Se trata de una causa abierta en 2020 contra la comunidad Las Huaytecas. No hay autores identificados y la última constatación policial asegura que ya no hay ocupantes pero la querella asegura que sigue vigente.

El juez de Garantías de Bariloche Ricardo Calcagno rechazó hoy el pedido de desalojo contra la comunidad mapuche Las Huaytecas de un predio de cabañas que presuntamente fue usurpado en 2020, pero que la fiscalía asegura no tiene ocupantes identificados.

Se trata de una causa iniciada en 2020 que tiene como denunciante a un privado y no está vinculada a la causa original de 2008 en la que la comunidad fue sobreseida tras instalarse en tierras de la Empresa Forestal Andina, ante el reconocimiento de preexistencia que otorgó la justicia anteriormente.

El fiscal Tomás Soto remarcó que, en este caso, no existen presuntos autores identificados y Mirta Ñancunao fue incluida en la causa por ser referente de la comunidad. También puntualizó que la causa fue dos veces archivada y en octubre de 2021 un acta policial determinó que no había ocupantes en las cabañas.

Valiéndose de estos argumentos, el juez rechazó el planteo del denunciante José Zilberberg, quien se presentó en la causa como propietario y poseedor de las tierras, con su apoderado Fernando Díaz Cantón y el abogado Silvio Verre.

La audiencia de hoy se realizó de manera virtual.

En la audiencia judicial, solicitada por la querella, el apoderado de Zilberberg argumentó el pedido de desalojo y la restitución de la cabaña que, según el origen de la causa, fue ocupada por desconocidos en 2020 cuando se encontraba el sobrino de la cuidadora del lugar. El abogado remarcó que se “constató la ocupación de manera violenta y clandestina”.

Díaz Cantón indicó además que “actualmente siguen ocupando” la propiedad y que se trata de un “delito flagrante, que sigue comentiéndose”.

El abogado admitió que existe una causa abierta iniciada por la provincia que cuestiona la legitimidad de la propiedad en manos de Zilberberg e indicó que para este caso tiene importancia que el denunciante era el poseedor de la propiedad y pidió que se considere como “doctrina legal” un fallo en una causa con una comunidad mapuche que resolvió el Superior Tribunal de Justicia.

El fiscal Soto insistió que en este caso no existen autores identificados y ni siquiera se llegó a una formulación de cargos.

Desde la materialidad existió una ocupación, pero el problema es la autoría”, dijo el fiscal y señaló que existe una constatación policial que descarta que aún exista una ocupación en el lugar porque lo tanto quedaría sin validez el pedido de desalojo forzoso. Agregó que no se pudo ubicar al testigo presencial del hecho.

La defensora oficial Blanca Alderete también cuestionó el pedido de desalojo y remarcó la inexistencia de autores identificados en esta causa. También dijo que la comunidad Las Huaytecas fue incluida en el relevamiento de comunidades indígenas que realizó años atrás el INAI y que se mantiene vigente la orden de no desalojo en la normativa nacional.

La abogada puso énfasis además en las dudas originadas en torno a la cesión de la propiedad por parte de la provincia y recordó que existe un expediente judicial por presuntas irregularidades en este acto administrativo, impulsado por el propio gobierno provincial.

Tras conocer la resolución del juez, el abogado querellante cuestionó la medida y nuevamente fue ratificada por Calcagno. “Permitimos que el delito sea cometido porque no podemos identificar a las personas, que a propósito se están valiendo del anonimato”, fustigó Díaz Cantón.


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