Causa sobresueldos: dos de los exministros cumplirán sus penas en prisión y González ya está detenido
Ocho son los exfuncionarios condenados. Los delitos se cometieron en el lapso 2004-2010 y se vinculan con irregulares pagos de adicionales salariales.
El exministro Francisco "Ringo" González habla con el abogado Damián Torres, en un receso del juicio del 2018. Foto: Marcelo Ochoa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación no admitió el recurso extraordinario en la «causa de sobresueldos» y dejó firmes las condenas impuestas a exfuncionarios del gobierno radical de Miguel Saiz, entre ellos, siete exministros.
Los dos extitulares de Coordinación, César Barbeito y Francisco González, fueron condenados a tres años y seis meses como autores del delito de “peculado” y, en consecuencia, cumplirán esa pena en prisión.
Este viernes, González se presentó voluntariamente en la comisaría de Darwin y quedó detenido a disposición del Servicio Penitenciario Provincial. El también exlegislador fue notificado en Chichinales y, después, concurrió a la unidad policial vecina.
El mismo trámite judicial se cumplió o se cumplirá con Barbeito, en su residencia de El Bolsón, pero -hasta ahora- no existió ninguna información en relación a su paradero.
A mediados del 2005, Barbeito dejó Coordinación y asumió al frente de Educación. Luego, en el 2011, fue el candidato radical a la Gobernación para suceder a Saiz, pero perdió con el justicialista Carlos Soria.
Los adicionales salariales
La causa se vincula con la utilización de fondos públicos para pagar adicionales salariales a cargos jerárquicos del Estado provincial y, para eso, se recurrió a un mecanismo por fuera de los circuitos administrativos y de control del Estado.
La responsabilidad mayor recayó en Barbeito y González porque la distribución de los adicionales se cumplió desde Coordinación.
Otros seis exfuncionarios fueron condenados por dos años y 6 meses por igual delito, pero como partícipes necesarios.
Cinco exministros: Omar Contreras (Turismo), Cristina Uría (Salud), Juan Accatino (Producción), Alfredo Pega (Desarrollo Social) y Diego Larreguy (Gobierno).
El restante fue el extesorero José Ongaro. En el juicio se absolvió al excontador general Gustavo Picci porque se declaró prescrita la acción penal.
Previamente, Contreras registra dos condenas en suspenso, ambas por el delito de administración fraudulenta al frente de Turismo. Este antecedente podría complicar su libertad, a pesar de que inicialmente aquellas penas ya fueron cumplidas.
El fallo definitivo
Este jueves, la Corte -con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- declaró “mal concedidos los recursos” porque “no cumplen con el requisito de fundamentación autónoma ni refutan todos y cada uno de los fundamentos”.
En septiembre del 2020, por mayoría, el STJ ratificó las condenas de la Cámara Criminal de Viedma, del 2018. El plazo transcurrido puede abrir el debate por la prescripción, que plantea la defensa.
La investigación se inició en 2011, a partir de una investigación del Diario RIO NEGRO, y tuvo un fuerte impacto político porque se desarrolló inicialmente en el proceso electoral.
El tribunal de juicio se integró con Ignacio Gandolfi, Gustavo Guerra Labayen y Marcelo Valverde mientras los fiscales fueron Hernán Trejo y Paula Rodríguez Frandsen.
Ocho exfuncionarios son los condenados: dos como autores del delito de «peculado» y los otros seis -cinco exministros y el Tesorero- como partícipes necesarios.
Por su parte, el fallo condenatorio del STJ salió por mayoría -Ricardo Apcarián y las subrogancias de Adrián Zimmermann y Rita Custet- mientras que el voto minoritario -Sergio Barotto y Enrique Mansilla- planteó la anulación.
El voto dividido del STJ
La mayoría del STJ convalidó la acusación al expresar que en el juicio quedó “en claro que no existía ninguna norma que previera el pago del adicional para los funcionarios y, por lo tanto, el dinero en efectivo que cobraban los imputados era distribuido por estos discrecionalmente, sin ningún parámetro legal; también surge que sin registro oficial seleccionaban a sus destinatarios y les asignaban un guarismo de adicional”.
Ese análisis agregó que “los imputados separaron y sustrajeron esos fondos de la esfera de custodia de la Administración y los pusieron bajo su control, para distribuirlos luego a los beneficiarios según su arbitrio”, dice la sentencia. “Esto configura una conducta ilícita y no es relevante en el tipo penal analizado determinar si ese dinero después fue gastado, repartido -de la manera que sea-, o no”.
Desestiman el argumento de la defensa de los “controles externos del Tribunal de Cuentas y la Legislatura” porque “no existieron respecto de los expedientes administrativos” cuestionados, sino que esas intervenciones se vincularon con “la ejecución del presupuesto y gastos globales”.
Se acepta que “una parte indeterminada del dinero cobrado en efectivo” fue al “destino declarado por los imputados”, pero “no queda tan claro el destino de la totalidad de esos montos, o al menos de algunas porciones importantes del total”.
La opinión de la minoría
.Por su parte, la minoría del STJ propuso la anulación de la sentencia y del proceso desde la «formalización del requerimiento de elevación a juicio».
Señaló que “las deficiencias referidas a la descripción de los hechos“ fueron perjudiciales para “el derecho de defensa de los imputados”.
La opinión disidente (Barotto y Mansilla) consideró que “la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal no estuvo ni cerca de haber cumplido con los postulados de claridad, detalle y precisión con que debe construirse y presentarse en tal etapa procesal dicha actividad judicial”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación no admitió el recurso extraordinario en la "causa de sobresueldos" y dejó firmes las condenas impuestas a exfuncionarios del gobierno radical de Miguel Saiz, entre ellos, siete exministros.
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