Rechazan la prescripción de la causa en la que están involucrados dos exintendentes de Cipolletti y se acerca al juicio
Un juez de segunda instancia ratificó las decisiones de la magistrada que lleva adelante el control de acusación en la causa Techo Digno de esa ciudad, en la que están imputados Abel Baratti y el actual diputado nacional por Río Negro, Aníbal Tortoriello.
El juez Marcelo Gómez rechazó los planteos de las defensas en una causa por presunta administración fraudulenta vinculada al programa nacional Techo Digno y confirmó en todos sus términos la resolución dictada por la jueza de juicio Alejandra Berenguer. Con esta decisión, los exintendentes Abel Baratti y Aníbal Tortoriello están más cerca del juicio oral.
La decisión se dio a conocer en una audiencia de revisión realizada en el legajo iniciado en 2018.
La magistrada había resuelto no hacer lugar al pedido de sobreseimiento por prescripción en una investigación que examina presuntas irregularidades en la ejecución de obras habitacionales financiadas con fondos públicos enviados desde el Estado Nacional y que tiene diversos expedientes que involucran a intendentes de varias ciudades.
Gómez también rechazó un planteo de nulidad de la acusación y descartó el cambio de calificación legal propuesto por una de las defensas.
Según la acusación, durante dos gestiones municipales, las de Baratti y Tortoriello, se habrían efectuado pagos que no se correspondían con el avance real de las obras, lo que habría generado un perjuicio al patrimonio público.
La acusación del fiscalía
El Ministerio Público Fiscal, representado por Santiago Márquez Gauna y Natalia Poblete, atribuyó a los exintendentes los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en concurso real con peculado.
A Lucila Chiocconi, Arturo Mendiberri, Domingo Mocciola y José Zoppi les imputó participación necesaria en el primero de los delitos. En la última audiencia se informó que todos los acusados carecen de antecedentes penales registrados.
Los abogados Sebastián Perazzolli, Juan Luis Vincenty y Rafael Cuchinelli, habían lanzado una ofensiva para dilatar la concreción de la formulación de cargos. Los recursos fueron analizados ahora por Gómez y desestimados.
El defensor de Tortoriello, Perazolli (que actúa junto a Gustavo Palmieri) planteó semanas atrás ante la magistrada que su interpretación que no corresponde la prescripción por haber un funcionario público en funciones (Tortoriello), es errada ya que no tenía un cargo que influyera directamente en la investigación en curso e incluso era de un partido diferente a Baratti.
El abogado Cuchinelli, en representación de Baratti, argumentó que el primer hecho imputado (administración fraudulenta y peculado) ocurrió en 2015, y tras ocho años sin una sentencia firme, la acción penal prescribió.
La jueza Berenguer, en su fallo de noviembre, consideró que la acción penal no se extinguió, ya que uno de los imputados aún ocupa un cargo público, lo que activa la suspensión del plazo de prescripción contemplada en el artículo 67 del Código Penal. Sostuvo que esta disposición resulta aplicable en este caso, de acuerdo con la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
Los defensores también sostuvieron que no correspondía la calificación por peculado, ya que los fondos no habrían salido de la esfera municipal, y plantearon la nulidad de la acusación por afectación del principio de congruencia.
Al analizar esos agravios, Gómez desestimó los cuestionamientos referidos a la prescripción, al cambio de calificación y a la supuesta nulidad. Sostuvo que no advirtió arbitrariedad en la resolución revisada y que la jueza respondió de manera ordenada y fundada cada uno de los planteos.
En relación con la prescripción, citó el artículo 67 del Código Penal y repasó doctrina y jurisprudencia sobre la suspensión del plazo cuando alguno de los imputados ejerce un cargo público, en este caso Tortoriello. Indicó que la norma establece que la prescripción se suspende para todos los que participaron en el delito mientras cualquiera de ellos desempeñe una función pública.
Respecto del planteo de nulidad por violación del principio de congruencia, sostuvo que no se alteró la plataforma fáctica ni se vulneró el derecho de defensa. Indicó que, aunque los hechos fueron presentados dentro del mismo marco contractual —identificado como ACU 813/2015—, cada acusado deberá responder por su propia conducta en el debate.
En cuanto al pedido de cambio de calificación legal, explicó que en esta etapa se analizan los hechos y no definiciones jurídicas definitivas. Señaló que serán los jueces de juicio quienes determinen, tras la producción de la prueba, si la imputación se ajusta a derecho.
También respondió a los argumentos vinculados con el tiempo transcurrido desde el inicio de la investigación. Indicó que la causa fue declarada compleja y que existieron suspensiones de actos procesales que interrumpieron los plazos.
Gómez rechazó todos los planteos formulados por las defensas y confirmó la resolución anterior, por lo que el proceso continuará hacia el juicio oral, donde se debatirán los hechos atribuidos por el Ministerio Público Fiscal.
La megacausa Techo Digno registra antecedentes recientes en otras jurisdicciones de la provincia. En Bariloche se dictó la absolución del exintendente Gustavo Genusso y en Cipolletti, esta semana, se resolvió la absolución del exintendente de Fernández Oro. En ambos casos los tribunales rechazaron la acusación por el delito de peculado.
En Roca, en una audiencia de formulación de cargos vinculada a la causa de Río Colorado, la jueza María Gadano dio por formulados los cargos contra el legislador de Juntos Somos Río Negro Gustavo San Román por el delito de fraude a la administración pública y abrió el período de investigación. Sin embargo, desestimó el pedido de la Fiscalía respecto del delito de peculado, al considerar que ese tipo penal exige la sustracción de fondos y que el dinero cuestionado no salió de la esfera municipal.
El juez Marcelo Gómez rechazó los planteos de las defensas en una causa por presunta administración fraudulenta vinculada al programa nacional Techo Digno y confirmó en todos sus términos la resolución dictada por la jueza de juicio Alejandra Berenguer. Con esta decisión, los exintendentes Abel Baratti y Aníbal Tortoriello están más cerca del juicio oral.
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