Seguirán presos dos hombres que en una persecución tiraron una mochila con cocaína en Bariloche

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazó los recursos que habían presentado las defensas de los acusados. Otro de los detenidos en octubre fue excarcelado con una fianza de 3 millones de pesos.

Dos de los hombres detenidos en el operativo antidrogas ejecutado la tarde del 3 de octubre pasado en el barrio El Cóndor de Bariloche, cuando policías secuestraron una mochila con 6 kilos de cocaína de máxima pureza, continuarán detenidos y procesados porque los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca desestimaron los recursos que habían presentado sus defensores.

Los jueces Mariano Roberto Lozano y Richar Fernando Gallego confirmaron el fallo de la jueza federal de primera instancia María Silvina Domínguez, quien subroga el juzgado federal de Bariloche y que proceso con prisión preventiva a Fernando Alejandro Díaz y Leandro Javier Prata por tráfico de estupefacientes bajo la modalidad de tenencia de esas sustancias con fines de ulterior comercialización.

La Cámara confirmó además el procesamiento que Domínguez dictó contra Aldo de Bortoli por tráfico de estupefacientes bajo la modalidad de distribución. También De Bortoli había sido detenido el 3 de octubre pasado por personal de la Brigada de Toxicomanía Zona Andina de la Policía de Río Negro. Sin embargo, la jueza federal le concedió la excarcelación tras depositar 3.000.000 de pesos de fianza, con la obligación de cumplir varias reglas.

Lozano y Gallego rechazaron asimismo el recurso de la fiscalía federal de Bariloche que pretendía revocar la falta de mérito que Domínguez había dictado a favor de Ricardo Fernández y Ezequiel Osvaldo Verdi, que habían sido detenidos durante el procedimiento.


Rechazan el planteo de nulidad de la requisa


La defensa de Díaz y Prata había planteado la nulidad de la requisa que los policías habían hecho durante el procedimiento sobre la mochila en la que hallaron la droga. Los camaristas la rechazaron en limine.

Durante la persecución policial los imputados arrojaron desde el interior de una Renault Kangoo en la que trataban de escapar la mochila donde los policías encontraron los 6 panes de cocaína.

Lozano y Gallego desestimaron la versión de los defensores de Vera y Prata, quienes alegaron que los imputados intentaron huir la tarde del 3 de octubre de la Policía porque los móviles no estaban identificados, no escucharon la voz de alto y pensaron que los querían asaltar. Los defensores peticionaron que se les conceda la prisión domiciliaria a los procesados en función de las situaciones familiares de cada uno.

Los camaristas advirtieron, en coincidencia con Domínguez, que las explicaciones brindadas por los imputados “colisionan con el hecho del que arrojaron del auto lo más valioso que portaban”.

“De haber temido un hecho como el descripto difícilmente hubiesen emprendido la actitud riesgosa y peligrosa para otras personas que asumieron por las calles de la ciudad lacustre, y lanzado por la ventanilla y dejando a la merced de cualquier transeúnte los 6 kilogramos de cocaína de máxima pureza”, señalaron los camaristas en el fallo que dictaron a principios de este mes al que RÍO NEGRO accedió.

“Antes bien, lo razonable es colegir que la intención fue la de fugarse y, llegado el caso de ser aprehendidos, no estar en posesión del estupefaciente”, plantearon.

Domínguez destacó en su fallo que los seis paquetes “incautados en el interior de la mochila descartada por los imputados Prata y Díaz” poseían una pureza que rondaba entre los 80,24% y 83,36% -sin sustancias de corte-, pasibles para obtener 49.415,59 dosis umbrales. Esos 6 kilos de cocaína comercializados en Bariloche representaban un potencial valor de unos 30 millones de pesos, según fuentes que tramitan este tipo de expedientes en la justicia federal.


Una venta sospechosa


La defensa de De Bortoli había impugnado el procesamiento dictado por la jueza federal de Bariloche por arbitrariedad en torno a la valoración de la prueba en razón de la versión que dio el acusado. También, había objetado la incorporación irregular como prueba de filmaciones.

De Bortoli declaró que había viajado a Bariloche “con el único fin de hacerse de un formulario 02 correspondiente a un Polo modelo 2018 que le había comprado a su primo hermano, Prata, por 3.200.000 pesos”.

Lozano y Gallego observaron que aún de haber existido ese negocio con el vehículo Volkswagen Polo, “la prueba acumulada, en particular, aquella que es resultado de los seguimientos y vigilancias practicadas por la prevención (policías) desde el 2 de octubre hasta el día siguiente junto a las filmaciones aportadas y seleccionadas por el Ministerio Público Fiscal, persuade de modo suficiente sobre la participación achacada a este encartado en los hechos, esto es, que proveyó la cocaína a Díaz y Prata”.

Recordaron que, según el acta del procedimiento policial, “llegó la dupla Díaz-Prata a la cabaña en la que se encontraba De Bortoli con una mochila ligera de peso y de color negro, y minutos después egresaron con el mismo bagaje pero abultado y con mayor peso en su aspecto”.

Minutos después, se produjo el intento de fuga de Díaz y Prata de la Policía, las detenciones y el secuestro de la mochila negra que en su interior resguardaba 6 kilos de cocaína.

Los camaristas admitieron las apelaciones y revocaron el agravante de la intervención de tres o más personas de manera organizada para cometer el delito, que había incluido la jueza federal de Bariloche en los procesamientos contra De Bortoli, Díaz y Prata.

“De elementos de convicción sopesados no surgen diálogos o algún otro indicio que importe coordinación por parte de los tres en aras de una misma conducta, o mejor aún, de una empresa común por parte de los tres”, indicaron Lozano y Gallego en su fallo.


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