Sobreseyeron a dos cuidadoras de un hogar de niños de Zapala, acusadas de vejaciones

Los chicos se encontraban alojados en el establecimiento, dependiente del ministerio de Desarrollo Social. La magistrada consideró que la fiscalía no reunió la prueba suficiente para llevar el caso a juicio con una calificación tan grave.

Dos mujeres que trabajaban en un hogar de niños y niñas de Zapala fueron acusadas de vejar, mediante tratos humillantes, a tres chicos que estaban a su cuidado. Ambas terminaron sobreseídas, ya que la jueza de Garantías entendió que la fiscalía no reunió la prueba suficiente para llevar el caso a juicio.

Los hechos, por lo que se formularon cargos el 13 de diciembre de 2021, fueron cometidos en fechas y horarios indeterminados. El representante de la fiscalía, Patricio Fernández Menta, dijo que sucedieron en un plazo de un año y cinco meses: desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 28 de octubre de 2021. Aseguró que las imputadas “utilizaron el castigo como forma de corrección, la amenaza y la violencia verbal como forma de puesta de límites y cumplimiento de normas de convivencia”.

Las infancias y adolescencias que están alojadas en estos establecimientos, dependientes del ministerio de Desarrollo Social, lo hacen por orden judicial, ya que han sido separadas de sus familias de origen por situaciones de violencia, negligencia, acoso, maltrato, abandono. En algunos casos permanecen un tiempo en el lugar hasta que los reciben, por ejemplo tíos, abuelas o pueden esperar años hasta ser adoptadas. Es decir que ya de por sí se encuentran en un estado de vulnerabilidad.

El caso se originó en el informe que elaboraron el psicólogo y la trabajadora social del hogar que los entrevistaron. Ambos fueron ofrecidos como testigos, junto con la directora del lugar, una trabajadora social de la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente de Zapala y la directora de Recursos Humanos del ministerio de Desarrollo Social.

No se pudieron realizar las entrevistas bajo la modalidad de Cámara Gesell de los tres chicos por consejo del equipo interviniente, ya que no estaban en condiciones de hablar.

Fernández Menta pidió en la audiencia de control de acusación que las trabajadoras sean enjuiciadas por el delito de vejaciones, con un tribunal unipersonal, ya que la pena en expectativa de la fiscalía sería inferior a los tres años.

El defensor Emmanuel Guagliardo afirmó que los eventos “no están claros temporalmente”. “Debió haberse adecuado de otra manera la acusación fiscal, permitiendo individualizar los hechos: el delito es haber hecho todas estas cosas, en todo este tiempo, y no hay una identificación concreta del tiempo y lugar de cada uno de los hechos, ni la identificación de los niños”, expresó. Sostuvo “vamos a ir a juicio a cazar una imputación” con “una calificación legal tremenda”. Agregó que a ninguna de las mujeres se le abrió un sumario interno, una investigación administrativa para determinar sus responsabilidades, y directamente se inició una causa penal. Solicitó que sean sobreseídas.

La jueza de Garantías, Leticia Lorenzo, hizo lugar a la petición de Guagliardo. Destacó la buena fe del defensor que en la primera audiencia de control se quejó de las imprecisiones y no se opuso a que la fiscalía presentará nuevamente la acusación.

Señaló que el período temporal “es demasiado extenso para posibilitar el ejercicio de una defensa verdaderamente efectiva”. “No hay horarios concretos, no se dice cuanto tiempo los chicos permanecieron en el hogar”, añadió.

“Tampoco es que yo pretendo que la acusación me hubiese dicho el 1 de agosto del 2020, a las 21 horas sucedió esto, pero si podrían haberse fijado fechas más precisas con relación a los hechos”, indicó Lorenzo.

Resaltó que la calificación es “muy gravosa” incluso “en términos simbólicos de lo que implica llegar a un juicio por ese delito”.

Comprendió las circunstancias de que no se pudieran realizar las cámaras y enfatizó en que «la fiscalía tiene que asumir su orfandad probatoria, la prueba que ofrece es de carácter indirecto en relación a los hechos”.

Manifestó que “dejar avanzar hacia un juicio un caso en el que hay una descripción fáctica muy vaga en cuanto al periodo temporal, con una calificación grave” presumiblemente tenga como destino la absolución. “Me parece que sería un dispendio jurisdiccional no observar todas estas situaciones que acabo de relatar y mirar ciegamente que el principio de la titularidad de la acción penal la tiene el ministerio público fiscal”, concluyó.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios