Un juez de Neuquén ordenó eliminar videos íntimos filtrados en redes: claves del fallo contra la violencia digital

Un juzgado de Familia de Neuquén ordenó a Telegram y Whatsapp eliminar videos íntimos difundidos sin consentimiento y resguardar datos para investigar a los responsables.

La Justicia de Neuquén dictó una importante medida contra la violencia digital al ordenar la supresión de videos íntimos que habían sido difundidos sin el consentimiento de una joven. El fallo fue firmado por el juez de Familia Luciano Speroni, quien dispuso que las empresas de mensajería digital Telegram y META (Whatsapp) eliminen los contenidos y resguarden los datos informáticos vinculados al caso.

La resolución se enmarca en una denuncia realizada por una mujer que detectó la existencia de imágenes de carácter sexual en un grupo de Telegram, material que había sido compartido por quien había sido su expareja. El magistrado, además, remitió las actuaciones al Ministerio Público Fiscal de Neuquén para que se amplíe la investigación y se determinen responsabilidades penales.


La denuncia y el inicio del caso


La denunciante relató que en noviembre de 2024 fue contactada a través de una red social por una persona que le advirtió sobre la circulación de videos suyos en un grupo cerrado. Al corroborar la existencia del material, se comunicó con el hombre que lo había grabado, quien reconoció haber compartido los archivos sin autorización.

El juez Speroni señaló en su fallo la gravedad de la situación y subrayó que “no puede soslayarse la gravedad que reviste la existencia de estos grupos, que operan en desmedro de la dignidad de mujeres neuquinas cuya intimidad se ve expuesta de manera no autorizada”.


Medidas adoptadas por la Justicia


La resolución dispuso que Telegram y Whatsapp supriman los localizadores uniformes de recursos (URL) que contenían los videos. También se ordenó el resguardo, por un plazo de 90 días, de los datos informáticos relativos al tráfico, a los abonados y al contenido eliminado, con el fin de preservar pruebas para la investigación.

De igual forma, se renovaron las medidas de protección dictadas en abril pasado y se intimó al responsable de la difusión a acreditar su asistencia al Dispositivo de Varones en un plazo de 30 días. El incumplimiento acarreará sanciones económicas, dado que ya se había ausentado de una citación anterior.


La violencia digital como problemática actual


En el pronunciamiento, Speroni advirtió que las consecuencias de la violencia digital de género “pueden ser devastadoras en múltiples dimensiones de la vida de las personas afectadas”. A su vez, destacó que este tipo de violencia “evoluciona con el desarrollo de las tecnologías y no puede ser ignorada ni reducida a categorías tradicionales sin atender al momento histórico que vivimos”.

El magistrado resaltó que dejar sin respuesta judicial hechos de esta naturaleza significaría desatender la autonomía, integridad y libertad de las mujeres, exponiéndolas a un grave desamparo frente a ataques que se potencian a través del espacio digital.


La Ley Olimpia como marco normativo


Speroni también hizo referencia a la Ley Olimpia 27.736, sancionada en 2023, que incorporó la figura de la violencia digital a la normativa argentina. Esta ley establece que toda conducta basada en razones de género que, en el ámbito digital, afecte la vida, dignidad, integridad o seguridad de las mujeres, constituye un acto de violencia.

El juez recordó que los tratados internacionales ratificados por Argentina imponen a los poderes del Estado la obligación de intervenir en todos los niveles para prevenir, atender a las víctimas y sancionar a los responsables. En ese sentido, remarcó la importancia de que la Justicia actúe de manera firme y coordinada frente a hechos de violencia digital.


Investigación en curso


La resolución judicial también ordenó remitir el caso al Ministerio Público Fiscal para profundizar la investigación de los grupos de Telegram y Whatsapp que contienen material íntimo no autorizado de mujeres neuquinas. La existencia de estos espacios fue confirmada por la propia denunciante, lo que abre la posibilidad de que otras víctimas puedan haber sido afectadas.


La Justicia de Neuquén dictó una importante medida contra la violencia digital al ordenar la supresión de videos íntimos que habían sido difundidos sin el consentimiento de una joven. El fallo fue firmado por el juez de Familia Luciano Speroni, quien dispuso que las empresas de mensajería digital Telegram y META (Whatsapp) eliminen los contenidos y resguarden los datos informáticos vinculados al caso.

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