La condena por abuso sexual contra Báez dejó el descubierto el uso discrecional de recursos del Estado

El dirigente de ODEL seguirá con prisión domiciliaria y todavía lo esperan otros procesos en su contra. Hubo festejo en las puertas de tribunales, en Roca.

Esta mañana, el dirigente de la Organización de Desocupados en Lucha (ODEL), Miguel Báez, fue condenado a 4 años de prisión por abuso sexual simple y reiterado contra una exintegrante de su organización, y en un contexto de violencia de género. La pena de 2 años y 6 meses se unificó con otro proceso contra el exintegrante de la CTA Autónoma, quien ya se encuentra con prisión domiciliaria.

La víctima, entre lágrimas, festejó afuera del edificio de tribunales junto a un grupo de medio centenar de personas que integran la Campaña por la Emergencia en Violencia contra las Mujeres, quienes respaldaron la sentencia leída por la jueza Verónica Rodríguez.

Para el tribunal no existen dudas de la credibilidad del testimonio de la denunciante quien sufrió los abusos de Báez desde principios del año 2019 hasta el mes de febrero del 2020. Las violentas acciones del referente de los desocupados se transformaron en hechos habituales en las jornadas de trabajo en las oficinas de la organización, tal como lo había explicado la fiscal Belén Calarco.

Tocamientos y frases con clara connotación sexual fueron las acciones que quedaron plasmadas durante el juicio que se realizó en los tribunales de Roca. La actitud de Báez de ir hasta la vivienda particular de la mujer y de violentar su intimidad mientras se encontraba en compañía de sus hijas, fue el detonante para que la mujer se presente a realizar la denuncia.

Estos elementos -sumado al testimonio de las especialistas- resultaron fundamentales para que el tribunal entienda que los abusos fueron reales. «Baez, mediando abuso intimidatorio de una relación de dependencia y poder, en su carácter de dirigente y referente de ODEL, en momentos que la víctima se encontraba manipulando o descargando mercadería de los camiones, en el depósito, se le acercaba, pasaba por su lado y le tocaba la cola, apretándosela incluso en algunas ocasiones, siempre sin el consentimiento de esta», dijo en su voto la jueza.

En otro tramo de la sentencia dijo que «abusaba de su situación de poder y de la situación de necesidad de su víctima, abuso que se encontraba naturalizado dentro de la organización, tanto por los hombres como por las mujeres, a quienes no tengo duda, no les quedaba otra alternativa, más que aceptar el denigrante y abusivo trato, a cambio de una caja de comida, reflejo de la cosificación y uso de la mujer, y del poder del machismo que vence por hambre».

«La atacó sexualmente, aprovechando cada oportunidad que tenía para hacerlo, no solo en soledad, sino reitero, frente a terceros, hasta que finalmente pudo denunciar a su agresor, con las consecuencias personales, emocionales y físicas que persisten a la fecha», dijo.

Los recursos del Estado

Para el tribunal, no pasó inadvertido el contexto que atravesaba la organización donde quedaron en evidencia «las internas entre los dirigentes, las denuncias cruzadas, los escraches en las redes sociales, el reparto discrecional de recursos, el cobro indebido de subsidios, las movilizaciones violentas, las detenciones de Báez y las tensiones políticas» que surgían en torno a la polémica y cuestionada figura del referente de ODEL.

En una parte de la sentencia también se hizo referencia a la polémica que se generó dentro de la organización cuando Báez intentó vender la mercadería que llegaba por parte del Estado y que debía ser entregada de manera gratuita entre los vecinos de menores recursos. Entre los que se opusieron a esa medida se encontraba la denunciante quien en reiteradas oportunidades le reprochó esa intención debido a la situación de vulnerabilidad de muchos de los los vecinos que esperaban la caja de comida.

Pena

Finalmente los jueces Verónica Rodríguez, Alejandro Pellizzón y Gastón Martín decidieron imponer una pena de 2 años y 6 meses por el delito de abuso sexual simple reiterado (arts. 119 primer párrafo, 55, 45, 29 inc. 3 del CP , 266 y cctes. CPP). Y unificarla en 4 años con otra de 2 años y 6 meses que pesaba en su contra desde agosto del año pasado por el violento ingreso que protagonizó al municipio de Roca, donde violentó las instalaciones y amenazó al personal.


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