La Justicia rechazó el pedido de libertad a un violador

Por Redacción

La Justicia denegó el beneficio de libertad condicional para un hombre condenado por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el uso de arma. Amparado en la nueva ley de ejecución penal, el juez de Ejecución Lucas Lizzi no hizo lugar al pedido del condenado quien solicitó acceder al beneficio.

El hombre fue condenado por la ex Cámara Segunda de Cipolletti en 2012 a nueve años de prisión por abusar de su hija. Tras cumplir dos tercios de la condena –6 años– el condenado estaba en condiciones de aspirar al privilegio de cumplir la última parte en libertad.

Si bien M. A. tiene una “conducta ejemplar” que fue cuantificada con nueve puntos sobre diez y siete en concepto, Lizzi se amparó en la vigente ley 27375 que recorta los beneficios y obliga al cumplimiento total de la pena en casos graves.

Entre las modificaciones que incluyó la reforma se encuentra el artículo 56 bis que prohibe los beneficios comprendidos en el periodo de prueba a los condenados por homicidios agravados, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura, secuestro extorsivo, entre otros delitos.

La audiencia se realizó el martes y además del juez participaron el detenido con el defensor adjunto Marcelo Caraballo y la fiscal adjunta Ivana Vasselatti. En el debate, el Ministerio Público Fiscal abordó la reforma de la ley de Ejecución y argumentó el rechazo porque “no es posible ni siquiera tratar el beneficio”. La Defensa alegó en sentido contrario.

En la resolución, Lizzi consideró que “las leyes de formas se aplican de forma inmediata”.


Exit mobile version