Las compras directas de la gestión Saiz

PEDRO PESATTI (*)

Es muy frecuente que se destaque la gestión de un gobierno por la sola realización de obras públicas antes que por la forma en que llevó a cabo la realización de las mismas y los métodos que aplicó para ejecutar el gasto. En otras palabras, siempre es escasa la importancia que le atribuimos a los métodos que un gobierno utiliza para hacer lo que involucra precios, calidades, plazos, etc., porque pareciera ser que todavía predomina aquella cultura enunciada en el funesto dicho popular “roban, pero hacen”. El método para la realización de compras por parte del Estado provincial se encuentra estipulado en la ley 3186, su decreto reglamentario y por el reglamento de contrataciones de la provincia. En esos tres instrumentos se establece cómo debe gastar –en contratación de obras, bienes y servicios– tanto la administración provincial –conformada por la administración central, poderes Legislativo y Judicial y los organismos descentralizados– como las sociedades del Estado, sociedades anónimas y todas aquellas empresas donde el gobierno tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias. En función de ello, en este artículo daremos cuenta de una resumida relación de las formas elegidas por el gobierno del doctor Saiz para contratar aquellos servicios y bienes que requiere el funcionamiento del Estado en orden a la cantidad de licitaciones que se realizaron y a las compras directas que se produjeron en los últimos tres años. Precisamente, durante el 2009 se hizo un total de 157 licitaciones públicas y 80 licitaciones privadas, aunque las compras directas treparon a 1.465. Si bien es cierto que lo habitual es que se realicen más contrataciones mediante el mecanismo de compra directa –debido a que los montos de compra no siempre justifican la realización de licitaciones públicas– se observa, paradójicamente, que muchas de las cifras por las cuales se realizaron de ese modo exceden el máximo de 3.500 pesos establecidos en el decreto reglamentario de la ley de Administración Financiera y Control del Sector Público. Al respecto, en la página de la provincia correspondiente a este tema buscamos todas las compras directas efectuadas durante 2009, 2010 y 2011 que en su carátula tenían la palabra “obra”, “construcción” y trabajo”. En orden a ese criterio, obtuvimos los siguientes resultados: € Con la palabra “obra” en el 2009 se realizaron 20 compras directas. € Con la palabra “construcción” hay 11 registros: se construyó un puente en Coronel Belisle por un monto de $ 93.595 y diez compras más, destacándose la 66/2010 por la realización del diseño, construcción y alquiler –llave en mano– de un stand de 90 metros cuadrados, con la provisión de los elementos necesarios y convenientes. La cifra de esa contratación fue de $ 50.700. € Con la palabra “trabajo” se encontraron 31 registros: el grueso de éstos corresponde a los denominados trabajos “de emergencia” por parte del DPA. Para el 2010, la tendencia se amplió: se realizaron 84 licitaciones privadas, 211 públicas y 1.879 compras directas. Siguiendo el mismo criterio que el año anterior se obtiene que: € Con la palabra “obra” en el 2010 se realizaron 41 compras directas. Si se lo compara con lo efectuado en el ejercicio precedente, se observa que las adquisiciones directas por este concepto crecieron un 100%. Se destaca la obra “Refacciones generales edificio Ministerio de Familia”, por un monto total de 21.913 pesos. € Con la palabra “construcción” fueron 13 compras: nuevamente aparece la realización del diseño, construcción y decoración, con la provisión del mobiliario, con una superficie total de 30 metros cuadrados, del stand para la “Expo Patagonia 2010”, que se realizó en La Rural de Buenos Aires. Dicha contratación fue realizada por el Crear y el monto de la misma fue de 49.500 pesos. € Con la palabra “trabajo” se encontraron 50 registros: esto implica casi un 100% más que los realizados durante el año anterior por el mismo concepto. El grueso de estos compromisos corresponde a la Secretaría de Trabajo. A fines de mayo del presente año, las licitaciones públicas han llegado a un total de 87, mientras que 20 contrataciones han sido realizadas por medio de licitaciones privadas, contabilizándose, por último, 797 compras directas. Efectivamente, en este ejercicio cobran especial relevancia las obras a ejecutar mediante contrataciones directas por un monto de 57 millones de pesos y que se realizan en el marco del decreto 185/2011. Dicha disposición se funda en la necesidad de “garantizar el normal inicio del ciclo lectivo”, todo esto a pesar de que el decreto fue firmado por el gobernador Miguel Saiz en abril, es decir, un mes después del inicio de clases establecido en el cronograma escolar. Teniendo en cuenta lo antedicho, son varias las obras que ya se han comenzado a realizar en el marco de este decreto. El organismo contratante es el Ministerio de Educación. En el siguiente listado mencionamos algunas para advertir la importancia de los montos que se están ejecutando eludiendo el método de la licitación pública. € 88/2011: “S/construcción de cerco perimetral de la escuela primaria Nº 355 de la localidad de Viedma”. Monto: 240.991 pesos. € 86/2011: “Refacciones generales grupo 7, Gral. Roca-Río Negro”. Monto: 968.307 pesos. € 77/2011: “S/refacciones generales grupo 2 Cipolletti-Río Negro”. Monto: 1.964.326 pesos. € 42/2011: “S/obras varias de la localidad de San Carlos de Bariloche – grupo IV”. Monto: 2.987.069 pesos. A lo largo de este informe hemos podido observar que el mecanismo de las contrataciones directas, que constituyen un método de carácter excepcional, se utiliza en Río Negro para evitar la realización de licitaciones, modalidad siempre es más beneficiosa para la comunidad ya que asegura la libre participación y, por lo tanto, la competencia entre las empresas interesadas en prestar determinados trabajos y servicios. Por todos estos beneficios se entiende que el mecanismo de la licitación debiera ser el más utilizado y, por ello, la legislación lo estipula como el método a seguir cuando los montos a contratar superan los máximos para compras directas. Sin embargo, todo indica que éste último, considerado excepcional –el modo directo–, es un procedimiento regular en la administración Saiz, independientemente de aquellos que puedan encuadrarse como tales. En tal sentido, es fácil advertir la discrecionalidad con que se utiliza la compra directa para la realización de obras cuyo monto supera ampliamente el margen establecido en el decreto reglamentario de la ley provincial 3.186, argumentando razones de urgencia que lejos siempre estuvieron de ser contrastadas por parte del Poder Legislativo. El artículo 92, inciso A de la ley 3186 es muy claro al respecto: “Se podrá contratar directamente en los casos que se indican a continuación. En cada uno de ellos deberá demostrarse, en forma adecuada y exhaustiva, la existencia de las circunstancias invocadas y de la razonabilidad del precio a pagar: cuando existan razones de verdadera urgencia o casos fortuitos no previsibles y se demuestre que su realización por cualquiera de los procedimientos licitatorios resienta el servicio o perjudique el erario, debiéndose determinar en cada caso si ha existido imprevisión por parte de algún funcionario”. La urgencia en la realización de alguna obra muchas veces obedece a cuestiones fortuitas e inesperadas, aunque en otros casos las causas debemos buscarlas en la imprevisión, en la negligencia y también en la corrupción de quienes administran los recursos del Estado. Por ese motivo, la norma es muy sabia al establecer que cuando se apela a la contratación directa debe determinarse si hubo o no imprevisión en los funcionarios responsables que determinaron el procedimiento del gasto, para lo cual –la experiencia lo indica– no basta la letra de la ley si no existen órganos de control en manos de funcionarios técnica y moralmente idóneos, así como también dueños de una independencia absoluta respecto de la voluntad del gobernador. Por ello, el decreto 185/2011 es demostrativo de una forma de gastar los dineros públicos y de concebir la administración del Estado en una provincia con una larga tradición en quemar sus recursos sin que los responsables paguen por el daño. (*) Vicepresidente del bloque de legisladores justicialistas de Río Negro


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