Nación mantiene cuarentena plena en la zona Andina y en el Alto Valle

El decreto presidencial aparta del distanciamiento social a los departamentos Bariloche y Roca, con sus 16 municipios. Los otros distritos ingresan en la apertura de actividades, restando precisiones de la provincia.

Redacción

Por Redacción

Nación estableció un criterio restrictivo en Río Negro en la apertura de la cuarentena, fijada por el distanciamiento social. El decreto presidencial excluye directamente a los departamentos de Bariloche y de General Roca, alcanzando a 16 municipios.

El resto ingresará en una progresiva flexibilización de actividades, con los correspondientes protocolos sanitarios que esta noche evaluaba el gobierno rionegrino.

En principio, pocas opciones aparecían en referencia a las aperturas que permitirá la figura del distanciamiento social, pues el decreto del presidente Alberto Fernández es contundente porque no diferencia por los municipios sino que lo hace por los departamentos.

El artículo 3 precisa los “lugares alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio” y, en el caso de Río Negro, plantea que son “todos los departamentos”, “excepto los de Bariloche y General Roca”.

Estas dos jurisdicciones aparta a 16 intendencias, pues el de Bariloche comprende esa ciudad y El Bolsón mientras que el de Roca incluye ese municipio, Allen, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Cipolletti, Cordero, Godoy,  Fernández Oro, Huergo, Mainqué y Villa Regina.

Estos distritos seguirán con el estricto aislamiento y, en todo caso, alguna posibilidad de apertura será posible solo con autorización de la Jefatura de Gabinete, previo pedido.

En cambio, inicialmente, los otros 11 departamentos de Río Negro entran en la fase del distanciamiento social, restando protocolos sanitarios de la provincia y municipios.

En líneas generales, en esas jurisdicciones -con los marcos sanitarios- se permitirá la mayoría de las actividades, salvo las siguientes prohibiciones fijadas por el decreto: “realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez personas”, “práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes”, “cines, teatros, clubes, centros culturales”, “servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional”, y “turismo”.


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