Nuevo pronunciamiento de la Justicia Federal a favor de una comunidad mapuche

Un fiscal federal dictaminó en contra de un recurso de amparo. Piden que se declare nula la resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (Inai) que reconoce la ocupación de la comunidad Buenuleo.

El fiscal general ante las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y en lo Contencioso Administrativo, Ricardo Rubén Peyrano, dictaminó en contra del recurso de amparo interpuesto por Emilio Friedrich. A través de esta acción, pide que se declare la nulidad de la resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (Inai) que reconoce la ocupación de la comunidad Buenuleo.

En su dictamen, Peyrano da cuenta del vínculo histórico entre la comunidad y el territorio y concluye que “existe una ocupación actual, tradicional y pública en base a la caracterización propuesta por el Inai”.

Además, considera “insuficientes” los argumentos de Friedrich que insiste en que “habría adquirido una parte de los terrenos referidos por medio de la cesión de un boleto de compraventa que le hiciera Claudio Thieck”, actual delegado de la CNRT en Río Negro.

Al conocer el dictamen del fiscal general, desde la comunidad manifestaron: “Una vez más, la Justicia Federal confirma nuestros derechos sobre el territorio desestimando los planteos del Friedrich pero, a pesar de esto, varios miembros de nuestra comunidad continúan imputados por usurpar su propio territorio. Una absoluta contradicción”.

Al presentar su amparo, Friedrich recordó que, el 29 de noviembre de 2001, Antonio Buenuleo entregó un boleto de compraventa por 90 hectáreas a nombre de Thieck. Ocho años después, este último cedió ese boleto a favor Friedrich.

Recalcó que es “poseedor del título y legítimo propietario de dichas hectáreas” y agregó que, el 10 de septiembre de 2019, ocho integrantes de la comunidad “ocuparon ilegítimamente” ese predio.

En ese momento, el juez de Garantías, Sergio Pichetto, hizo lugar a su denuncia y la Fiscalía General ordenó el desalojo. El Tribunal de Impugnación de Río Negro reconoció la posesión de las tierras en favor Friedrich.

A días de este fallo, el INAI publicó la resolución 90/2020 que reconoce posesión “continua y tradicional” por parte de la comunidad Buenuleo. En el amparo, Friedrich cuestionó la resolución por ser “portadora de vicios graves, que la tornan ilegítima, razón por el cual debe ser declarada nula”. Dijo haber adquirido “de buena fe” las tierras en septiembre del 2009.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1 ya rechazó la acción de amparo. Advierte que el Inai dio por cumplido el procedimiento administrativo de relevamiento técnico, jurídico y catastral previsto por ley.

También tuvo en cuenta las medidas cautelares dispuestas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 14 de mayo de 2020 a favor de la comunidad Buenuleo. En esa ocasión, consideró que “el conflicto reunía los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad, en tanto los derechos a la vida e integridad personal de los miembros de la comunidad se encontraban en una situación de grave riesgo, tras reiterados reportes de amenazas, hostigamientos y actos de violencia en su contra”.


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