Día del cooperativismo: hora de redescubrirlo y potenciarlo
Luce considerable un resurgir del cooperativismo federal ante una drástica transición económica dispuesta por el gobierno nacional

Hoy, en las complejas y difíciles circunstancias que atraviesan las clases media y baja de la sociedad civil, cobra una fuerza especial la necesidad de redescubrir, reempoderar, enriquecer y expandir la potencialidad y los logros posibles de toda auténtica cooperativa, tanto en su dimensión personal y comunitaria como en su expresión empresarial.
Las cooperativas son personas jurídicas privadas pero con demostrado interés y beneficios públicos, donde la búsqueda de rendimientos económicos se entrelaza, de manera inseparable, con los principios de servicio, de eficiencia, de ayuda mutua, de equidad, de solidaridad social en democracia, siempre a partir de un esfuerzo personal, propio mancomunado, sustentable y sostenido.
Ante la situación socioeconómica actual, luce considerable un resurgir del cooperativismo federal ante una drástica transición económica dispuesta por el gobierno nacional. Ello en la medida que refleje como ejes conductores tanto a la democracia como una transformación en términos y perspectiva inclusiva de “desarrollo humano”, conforme a los parámetros siguientes:
1) Acentuar las vertientes formativas y empresariales;
2) profesionalizar, modernizar y diversificar la gestión;
3) lograr financiamiento propio o creación e incremento de fuentes de recursos genuinos, pero a partir de convertir el valor de facto nominal de los aportes asociativos a su “real valor”
4) mejorar garantías para asociados y terceros;
5) recibir un tratamiento tributario y crediticio conforme su naturaleza y características;
6) bregar por una nueva ley democrática y federal de cooperativas, que en pleno 2026 reemplace al viejo decreto de facto (20.337/73);
7) promover el cooperativismo escolar (por ejemplo, compras, usos y consumos en común, responsables e inteligentes; educación ambiental e IA, etc.);
8) simplificación y desregulación administrativa, abrogando el Inaes, disponiendo la subordinación de las cooperativas y mutuales a la Dirección de Personas Jurídicas, conforme al artículo 148 del nuevo Código Civil y Comercial, el que ahora precisamente las contempla y encuadra como personas jurídicas privadas; no especulativa y ambiguamente como “tertium medius”, según decreto del Facto.
9) Integración y regionalización cooperativa para precios, tarifas y facturas razonables, sacando sin demora el freno corporativo e injusto de la ley provincial 10.545
10) Abrir las puertas de la universidad al cooperativismo, auscultando sobre la carne viva de la realidad los hechos que va produciendo la dinámica propia de las relaciones gregarias, vivificará la cultura universitaria a través de un contacto más estrecho con las cuestiones prevalentes y las inquietudes candentes de mayor actualidad, incorporando al acervo universitario, nuevos conocimientos y pedagogías para una resolución cooperativa de las mismas.
Finalmente, el cooperativismo es un camino, un modo solidario de socialización de derechos, deberes, necesidades e intereses comunes; una forma armónica de transición paulatina entre un mundo marcado por individualismos, desigualdades y privilegios: es un ‘puente solidario civil’ hacia poblaciones desfavorecidas, frágiles y vulnerables, asentado sobre la fraternidad, la igualdad, la cultura del encuentro y la satisfacción.
* Abogado y experto en cooperativismo, certificado por Coneau.
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