Anularon la condena contra Duarte y Ortiz, el juez y el fiscal de la dictadura en Neuquén
Es la primera vez que la Cámara de Casación Penal revierte una condena por delitos de lesa humanidad en la región. Siempre que se remitieron condenas a la primera instancia, fue para anular absoluciones o aumentar penalidades.
La condena se conoció en diciembre de 2024, en una audiencia colmada de público (foto archivo)
La Cámara Nacional de Casación Penal anuló la sentencia del octavo juicio “Escuelita”, que condenó al juez y fiscal de la dictadura, Pedro Duarte y Víctor Ortiz, como partícipes de la represión en la región durante el Terrorismo de Estado.
El fallo salió por mayoría, con los votos de Gustavo Hornos y Javier Carbajo, mientras que Mariano Borinsky, en disidencia, coincidió con la condena que dictó el tribunal de Neuquén.
Los camaristas aclararon que convalidaban la parte de la sentencia en la que se estipuló que el juicio se desarrolló por delitos de lesa humanidad, imprescriptibles y subsumidos en el delito de genocidio.
Coincidieron también que las denuncias (los hechos) presentados habían existido y que tanto el ex juez como el fiscal en tiempos de dictadura cívico militar en Neuquén, no habían investigado las denuncias presentadas, ni recibido a los familiares que les presentaban pruebas, ni realizado actuaciones tendientes a resolver los hábeas corpus.

Pero resolvieron anular la sentencia y devolver el fallo a la sede neuquina del Tribunal Oral Federal para que dicte una nueva condena, por considerar que hubo un error en la forma en la que el tribunal individualizó los hechos que estaban contabilizados para la condena por el delito de omisión de promover la acción penal.
Según la sentencia, fueron 25 casos en los que omitió investigar para una condena de 11 años de Duarte y otros 24 hechos de falta de persecución penal para Ortiz, con la misma pena. Hornos y Carbajo consideraron que las condenas como partícipes secundarios de las privaciones ilegales de la libertad no estuvieron técnicamente acreditadas.
Le dieron la razón a los defensores de que Duarte y Ortiz, al mando del único juzgado federal de la región durante la dictadura, pudieron no conocer los planes de la represión en la región, como para ser parte del sistema represivo cuando asumieron en julio y agosto de 1976. Borinsky por su lado, evaluó que la forma en que Duarte y Ortiz garantizaron la impunidad a los operativos de secuestro y desaparición forzada, la anuencia y el compromiso con el plan represivo, estaba descripto.
Con la remisión, el TOF Neuquén deberá dictar una nueva sentencia condenatoria.
Hasta ahora, todas las remisiones que produjo Casación al TOF fue para revocar absoluciones y aumentar penas a los condenados. Esto ocurrió en al menos tres fallos.

“La insuficiente fundamentación de la sentencia en cuanto tuvo por acreditada la participación secundaria de los imputados en los delitos de privación ilegal de la libertad no supone desconocer que se encuentran demostrados en la presente investigación, tras el juicio oral y público, los incumplimientos funcionales en el ejercicio de sus cargos”, aclaró Hornos y por eso definió “anular la condena de Pedro Duarte y Víctor Ortiz respecto de la atribución de responsabilidad penal como partícipes secundarios” para luego “reenviar la causa para que se dicte una nueva sentencia”.
Por mayoría, también se anuló el delito de prevaricato para Duarte, una figura por el que se puede condenar solo a los jueces que, a sabiendas, dictan normas contrarias a lo que fija la ley.
La condena contra los magistrados que durante la dictadura fueron parte del plan represivo se produjo a fines de 2024 y en abril del año pasado, se conocieron los fundamentos.
El tribunal que condenó
El tribunal fue integrado por la jueza Maria Paula Marisi, Alejandro Silva y Sebastián Foglia. Establecieron que los funcionarios tuvieron una “colaboración dolosa con el aparato represivo” para que se llevaran a cabo en la región los secuestros y desapariciones que hubo en la región.

Fue el único juicio en el que no estuvieron imputados las fuerzas represivas, a pesar de que Duarte, antes de ser designado en el juzgado federal que funcionó en la calle Santa Fe, era abogado auditor del Ejército, con cargo militar. Muy pocos familiares de detenidos – desaparecidos pudieron acceder en persona a los magistrados de la dictadura para llevarles pruebas, entre ellos, el abuelo del Nieto 140 , Oscar Metz, que luego de hacer las denuncias en la comisaría de Cutral Co, por el secuestro, le aportó una carta donde se indicaba que su hijo y su nuera, habían estado en Bahía Blanca, donde nació un bebé en 1977.
La Cámara Nacional de Casación Penal anuló la sentencia del octavo juicio “Escuelita”, que condenó al juez y fiscal de la dictadura, Pedro Duarte y Víctor Ortiz, como partícipes de la represión en la región durante el Terrorismo de Estado.
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