El STJ de Río Negro mantuvo el límite a los descuentos sobre un salario docente
Una docente que llegó a cobrar $126 mil de salario neto mantendrá la protección judicial frente a sus descuentos. En este caso, el STJ dejó firme la medida que ordena preservar un ingreso mínimo.
La sentencia del STJ fue por mayoría, con el voto disidente de Barotto. Foto: Marcelo Ochoa
El Superior Tribunal de Justicia consideró “mal concedido el recurso extraordinario” de la Provincia contra un fallo de la Cámara de Trabajo de Viedma y, en consecuencia, quedó vigente la decisión laboral de topes en los descuentos que se aplicaban a una docente rionegrina.
En su resolución, la Cámara había ordenado a Educación que se controle mensualmente que las quitas practicadas por las entidades involucradas “no redujeran el ingreso de la docente por debajo de la canasta básica alimentaria para un adulto y un menor”.
La Provincia recurrió al STJ, que desestimó esa instancia y convalidó la limitación fijada por la Cámara. En su análisis, el máximo tribunal no establece porcentaje de descuento, sino, por el contrario, expone que su conclusión alcanza el caso particular en tratamiento.
En principio, el STJ desestimó resoluciones similares de instancias inferiores, siempre por razones formales al desestimar los recursos utilizados.
Descuentos
- 83%
- Las retenciones realizadas en el haber de marzo de la docente por parte de cuatro organizaciones acreedoras.
En este expediente, los jueces destacan que la docente tenía descuentos de tres organizaciones que totalizan el 83% del sueldo bruto mensual. Su ingreso de marzo se limitó a los 126.000 pesos.
En ese contexto, se entendió la situación concreta y grave, considerando que la mujer tiene un hijo menor, que no recibía entonces aportes del padre, su situación habitacional, gastos de vivienda y tratamientos de salud del hijo.
En marzo, la Cámara adoptó la referencia de casi 524 mil pesos para ese hogar, a partir de un ingreso vital y móvil entonces de 363 mil pesos.
En su evaluación, el STJ desestimó la apelación de la Provincia porque “no logró demostrar un error jurídico o arbitrariedad suficiente” en el fallo de Cámara. “La crítica se limita, en lo sustancial, a proponer una valoración diferente de las mismas circunstancias”, indica el voto rector de Ricardo Apcarían.
La sentencia salió por mayoría, con los votos de Apcarian, Lilliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado, mientras que Sergio Barotto no compartió esa decisión.
Por el contrario, Barotto entendió que el STJ debía revocar la sentencia de la Cámara porque el “amparo no constituye la herramienta adecuada para las cuestiones patrimoniales”. El tema debe analizarse en un proceso con “debate pleno y prueba”.
El Superior Tribunal de Justicia consideró “mal concedido el recurso extraordinario” de la Provincia contra un fallo de la Cámara de Trabajo de Viedma y, en consecuencia, quedó vigente la decisión laboral de topes en los descuentos que se aplicaban a una docente rionegrina.
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