Control facial para los estatales de Río Negro: un dictamen favorable al gobierno y una decisión pendiente

Crespo recomendó al STJ que revoque el fallo de Roca que declaró inconstitucional la obligatoriedad del sistema. La decisión final quedó en manos del máximo tribunal provincial.

Por Adrian Pecollo

El control biométrico sigue operativo mientras se debate su uso en el STJ. Foto: Marcelo Ochoa.

El gobierno de Río Negro consiguió un pronunciamiento favorable en la disputa central en la Justicia por el control de asistencia de los empleados públicos mediante biometría facial y geolocalización. El procurador general, Jorge Crespo, recomendó al Superior Tribunal de Justicia que acepte la apelación de la Provincia y revoque el fallo de la Cámara Segunda del Trabajo de General Roca, que había declarado la inconstitucionalidad de la medida.

En su dictamen, Crespo consideró que el amparo aceptado por la Cámara roquense, frente a acciones de trabajadores hospitalarios, no reúne los requisitos necesarios para cuestionar la implementación del sistema. A su entender, el planteo debe tramitar por otras vías administrativas y judiciales.

La posición del procurador representa un respaldo al planteo provincial, aunque no implica una validación definitiva del sistema biométrico en todos sus aspectos técnicos ni resuelve de manera general la controversia sobre la privacidad de los trabajadores. La decisión ahora está en manos del STJ.

El Procurador de Río Negro, Jorge Crespo, recomendó al STJ que acepte la apelación de la Provincia en favor del sistema de control biométrico. Foto: Archivo

Crespo sostuvo que los trabajadores no acreditaron las condiciones excepcionales que permiten avanzar por la vía del amparo. Señaló que en el expediente no constaba que hubieran recibido una notificación que les exigiera registrar sus datos biométricos ni que se les hubieran comunicado las consecuencias concretas de un eventual incumplimiento.

También observó que no habían presentado un reclamo administrativo previo para expresar su oposición al sistema. Para el procurador, los cuestionamientos a una decisión de la Administración deben encauzarse por las vías ordinarias, salvo que se demuestre una situación excepcional que justifique el amparo.


El antecedente de Viedma


La discusión judicial también tuvo un capítulo en Viedma. En septiembre, la Cámara del Trabajo de la capital suspendió la aplicación del sistema al aceptar un amparo presentado por el gremio Asspur.

Ese expediente tuvo una diferencia relevante respecto del caso de Roca: el sindicato había iniciado un trámite administrativo y, ante la falta de resolución, la Cámara dispuso la suspensión mientras esperaba una decisión final del gobernador Alberto Weretilneck.

Días después, el mandatario emitió su resolución y confirmó la aplicación del control biométrico dispuesto por la secretaría de la Función Pública. Con esa definición administrativa, la suspensión quedó sin efecto y el sistema se reactivó.

En su resolución, Weretilneck sostuvo que el registro de asistencia forma parte de las obligaciones del empleo público y que su control constituye una facultad propia del Estado empleador. “No hay, por tanto, un consentimiento arrancado bajo amenaza, porque no hay un consentimiento que la ley exija”, afirmó el gobernador.

El planteo provincial se apoya en las excepciones previstas en el artículo 5 de la Ley Nacional 25.326 de Protección de Datos Personales, que contempla supuestos en los que el tratamiento de datos puede realizarse sin consentimiento, entre ellos determinadas actuaciones del Estado y los datos necesarios para el cumplimiento de una relación contractual.

Con el dictamen de Crespo, el gobierno provincial suma un argumento favorable en la disputa por la implementación del sistema. Sin embargo, todavía resta conocer la decisión del STJ sobre la apelación en el caso de Roca, mientras la discusión sobre el alcance del control biométrico y las garantías para los trabajadores continúa abierta.


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