Usurpación en Bariloche: pidieron penas en suspenso para referentes mapuches

La audiencia de cesura se realizó hoy luego de que los cinco imputados resultaran condenados por usurpación en un juicio que se realizó hace dos meses. La justicia los encontró culpables de haber ingresado por la fuerza en un lote ubicado al pie del cerro Ventana, que reivindican como propio.

Los cinco miembros de la comunidad Buenuleo que fueron condenados en marzo pasado por la usurpación de tierras en la base del cerro Ventana, ocurrida hace más de cuatro años, podrían recibir penas de hasta dos años y seis meses de prisión en suspenso, si prospera el pedido que formularon hoy la fiscalía y la querella.

La acusación más grave pesa sobre el lonko Ramiro Buenuleo, quien además de la usurpación fue juzgado y condenado por amenazas telefónicas en el marco de la misma investigación. En la audiencia de cesura la fiscal Betiana Cendón pidió para él una pena unificada de dos años y medio de prisión.

Para sus cuatro compañeros de causa -Lucas Dnamarca, Rosa Buenuleo, Aucán Maliqueo y Sandra Ferman- solicitó una pena de dos años. En todos los casos adhirió el abogado querellante, Alejandro Pschunder. Los defensores Marcos Cicciarelo y Natalia Araya pidieron seis meses para todos, que es la pena mínima prevista para la usurpación.

El juicio se prolongó durante una decena de audiencias, en marzo pasado, y giró en torno a la denuncia formulada por Emilio Friedrich, quien no pudo esgrimir título de propiedad pero se presentó como titular de las tierras en las que los Buenuleo ingresaron en septiembre de 2019 y donde había construido una vivienda.

La comunidad alegó en todo momento que las 90 hectáreas en disputa pertenecían históricamente al lote que fue reconocido a sus antepasados, hace casi un siglo, y que fueron vendidos de modo irregular por Antonio Buenuleo, ya fallecido.

En la confrontación entre las partes, que ya lleva una década, se registraron hechos de violencia por las que recibió condena un empleado de Friedrich, de apellido Vera, quien también declaró en el juicio.

El fallo resultó desfavorable para los miembros de la lof mapuche, según lo decidido por el tribunal que conformaron Romina Martini, Víctor Gangarrosa e Ignacio Gandolfi. En la fundamentación subrayaron que no les correspondía discernir quién es el propietario legítimo del predio y se limitaron a castigar la “vía de hecho” elegida por los Buenuleo para recuperar el territorio, en lugar de iniciar una demanda y exponer sus derechos ante la Justicia.

El voto principal, redactado por Gandolfi, subrayó que según las pruebas los acusados “invadieron el inmueble”, donde permanecen hasta hoy, y aclaró que el delito de usurpación no busca dilucidar a quién corresponde el dominio sobre un bien sino proteger “el ejercicio de posesión o tenencia”.

La fiscal Cendón le explicó a este medio que además de la aplicación de las condenas, su expectativa es que el tribunal ordene el desalojo, nunca efectivizado hasta hoy. Dijo que no sería parte de la pena sino que se trata de una “medida cautelar”, que ya se podría haber adoptado durante el mismo trámite de la causa.

Litigio no terminado

En sus últimas palabras ante los jueces Ramiro Buenuleo dijo que a lo largo del juicio se vertieron “un montón de mentiras” y recordó que ellos mismos denunciaron a Friedrich en 2014, porque había ingresado “por la fuerza” a las tierras producto de una compra que consideraron fraudulenta. “Pero la Justicia lo sobreseyó, no nos creyeron”, afirmó el lonko.

Su intervención permitió deducir además que la disputa entre las partes está lejos de haber quedado resuelta. Buenuleo se preguntó cómo harán Friedrich y sus colaboradores para llegar al lote de 90 hectáreas si él y su comunidad son desalojados, porque esa fracción que le reconocen queda en medio del territorio de 485 hectáreas que sí pertenece a los Buenuleo y no está en litigio.

“¿Cómo va a entrar Friedrich si somos desalojados? Por nuestro territorio no ¿va a hacer un camino por el otro lado del río, va a hacer un puente? ¿tiene un helicóptero?”. Además recordó que sobre él y algunos de sus empleados pesa una prohibición de acercamiento con la comunidad, por los antecedentes de agresión.

Buenuleo dijo además que el desalojo sería inviable porque está prohibido por la ley nacional 26.160 de relevamiento territorial de comunidades indígenas, “que está vigente, a pesar de los DNU”.


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