Redoblan la embestida judicial para suspender el Referéndum del 24 de octubre en Neuquén

Presentaron más argumentos para pedir la suspensión de la consulta sobre la modificación en la carta orgánica de la municipalidad de Neuquén.

El ex presidente de la Convención Constituyente, Rodolfo Laffite,  presentó una ampliación del pedido de suspensión del Referéndum convocado para el 24 de octubre en Neuquén capital.

La ampliación fue para reforzar los fundamentos de la cautelar por el pedido de inconstitucionalidad del llamado a elecciones por la enmienda de la Carta Orgánica, explicó el abogado de Laffite, Carlos Fernández.

El ex convencional del MPN se presentó la primera semana de julio ante el Tribunal_Superior de Justicia (TSJ) con el planteo de que es inconstitucional la ordenanza por la cual el intendente llamó al Referéndum para enmendar la Carta Orgánica de la ciudad.

Como medida preventiva mientas se adopta una definición sobre la validez de la norma, pidió que se suspenda el Referéndum.

Cuando el intendente Mariano Gaido fue consultado por la eventual suspensión del Referéndum, el jefe comunal sólo respondió que «el municipio no fue notificado», y por eso no emitió opinión el día que llamó a conferencia de prensa para anunciar que ya estaba la fecha de la elección neuquina: el 24 de octubre.

Por la feria judicial, las cédulas con notificaciones no salieron del TSJ después del 5 de julio. Y el máximo tribunal no accedió a suspender los plazos de feria para notificar a la comuna.

Finalmente la notificación al Ejecutivo municipal salió el 29 (incluida la ampliación) y la municipalidad de Neuquén fue notificada de la acción de inconstitucionalidad que presentó Laffite el martes de esta semana, según se confirmó desde el TSJ.

La ampliación atacó la cláusula transitoria de la ordenanza por la cual se llamó a elecciones municipales para renovación de concejales y a referéndum.

Establece que éstos concejales electos, tendrán mandatos (extraordinarios) de 2 años sólo si se aprueba el Referéndum ese domingo.

Es que la ordenanza de enmienda de la Carta Orgánica entra en vigencia únicamente si es refrendando por una consulta popular.

El llamado que hizo la Junta Electoral, lo aclaró en la resolución en la que comunicó el cronograma: convocó a la renovación del Concejo “para el período 2021- 2023, en caso que sea convalidada la enmienda a la Carta orgánica Municipal mediante referéndum popular”.

Fernández destacó que la cláusula transitoria modifica el período legislativo de 4 años para este grupo de 9 concejales. “Tiene una norma retroactiva y en nuestro país no están permitidas salvo que afecten garantías constitucionales, y nosotros entendemos que sí”,  explicó el abogado.

Sostuvo que cualquier integrante de las listas que resulte elegido o elegida “puede reclamar tranquilamente que su período en el Concejo es de 4 años” porque al momento de la convocatoria, la Carta Orgánica Municipal aún no está modificada y fija claramente que los concejales duran 4 años en sus bancas.

La comuna tiene 5 días hábiles para presentarse en el expediente, porque es el Ejecutivo el que hace el llamado.

Además, la enmienda que cristalizó en la ordenanza que se cuestiona, fue un proyecto del intendente Mariano Gaido.

El fondo de lo que se cuestiona, es que la ordenanza no es una simple enmienda sino una reforma de la carta magna, y que requiere de un llamado a elección de convencionales ya que los concejales no están facultados para reformar.


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