Conflicto Villa Mascardi: cuatro mapuches procesados tienen orden de detención

Así lo explicaron fuentes judiciales. Se trata de tres varones y una mujer de la comunidad Lafken Winkul Mapu que huyeron de las fuerzas federales durante el desalojo de los predios usurpados.

Cuatro de los ocho procesados con prisión preventiva por la jueza federal María Silvina Domínguez están con orden de detención porque fueron declarados en rebeldía, informaron fuentes judiciales.

Se trata de Matías Daniel Santana, Cristian Germán Colhuan, Yéssica Fernanda Bonnefoi y Juan Pablo Colhuan que fueron procesados con preventiva este martes por la usurpación por despojo del predio del exHotel Mascardi, perteneciente a la Administración de Parques Nacionales.

La fiscal federal interina de Bariloche Cándida Etchepare pidió la semana pasada que se los declare en rebeldía y se dicte la orden de detención, explicaron fuentes judiciales.

Recordaron que los cuatro habían sido indagados por la usurpación en octubre del año pasado, pero Domínguez en ese momento les dictó la falta de mérito, aunque siguieron imputados en la causa.

La jueza aclaró en el fallo que dictó este martes -al que RÍO NEGRO accedió de fuentes judiciales- que a partir de las pruebas recolectadas durante los allanamientos en los predios usurpados la situación de los cuatro imputados “ha mutado notablemente”. Por eso, dictó su procesamiento con preventiva.

La hipótesis de los investigadores es que los imputados lograron fugarse la mañana del 4 de octubre pasado, cuando casi 250 efectivos de fuerzas federales arribaron a Villa Mascardi y allanaron los predios usurpados por la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu.


Atacados por encapuchados


La jueza recordó que efectivos de la Policía Federal fueron atacados por encapuchados que les arrojaron piedras esa mañana cuando entraron a los predios. Después, los agresores huyeron hacia la montaña.

Durante esa diligencia se recolectaron numerosas pruebas que acreditan que los sospechosos usurpaban el predio del exHotel Mascardi y la propiedad “La Escondida”, de María Magdalena Giménez Tournier, esposa de Juan Grehan.

Domínguez, que subroga el juzgado federal de Bariloche, ordenó el allanamiento de los predios para hacer cesar el delito por pedido de la fiscalía federal.

No era la primera vez que desde la fiscalía federal solicitaban allanar y desalojar los lotes usurpados desde hace casi cinco años. Pero hubo hecho grave que rebosó el vaso. Fue el ataque contra cinco gendarmes perpetrado la noche del 25 de septiembre pasado por un grupo de entre 15 y 20 personas encapuchadas “armadas con piedras y armas de fuego”, según la teoría fiscal. Los gendarmes custodiaban la propiedad “Los Radales”, desde el 13 de septiembre último por pedido de la fiscalía federal.

Esa noche del ataque, los efectivos se replegaron y los agresores incendiaron un tráiler de Gendarmería, que estaba en ese lote privado para el resguardo del personal asignado a las tareas de vigilancia. Ese violento hecho originó una nueva investigación que dirige Etchepare.

Justamente, las 6 mujeres mapuches, que habían sido detenidas en el procedimiento del 4 de octubre pasado, fueron indagadas e imputadas por ese ataque y por las usurpaciones de los predios del exHotel Mascardi y “La Escondida”.

Hubo otra mujer mapuche detenida en ese procedimiento. Se trató de Ester Andrea Despo, pero la jueza la sobreseyó el 11 de octubre pasado y la liberó, porque la fiscalía federal comprobó que no había participado de las usurpaciones ni del ataque a los gendarmes.

Este martes, Domínguez procesó, con preventiva, a Betiana Ayelén Colhuan (que se identifica como la machi de la comunidad), Martha Luciana Jaramillo y Romina Rosas por la usurpación por despojo del predio del exHotel Mascardi. También, dictó el procesamiento con preventiva de María Celeste Ardaiz Guenumil por haber participado de la usurpación por despojo del predio “La Escondida”.


Miembros de una familia


La jueza indicó en el fallo que Santana es la pareja de Betiana Ayelén Colhuan, que Jaramillo es la pareja de Juan Pablo Colhuan; y que Romina Rosas es la pareja de José Alejandro Colhuan, mientras que Yéssica Fernanda Bonnefoi es la pareja de Cristian Germán Colhuan.

Por eso, la jueza explicó que los protagonistas del conflicto en Villa Mascardi son miembros de la familia Colhuan Nahuel, que ya fueron reconocidos en 2012 por el Estado como comunidad mapuche y se les otorgó tierras en el barrio Virgen Misionera de Bariloche.

Domínguez sobreseyó parcialmente a Débora Daniela Vera y a Florencia Melo, que habían sido imputadas por haber participado del ataque a los gendarmes y de las usurpaciones del predio del exHotel Mascardi y “La Escondida” respectivamente. Y ordenó la inmediata libertad de las dos mujeres que estaban alojadas en dependencias que la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) tiene en el aeropuerto de Bariloche.

La magistrada dispuso en el fallo de este martes la acumulación de las causas de las usurpaciones con el ataque a los gendarmes, que la fiscalía sigue investigando. Y dictó la falta de mérito para Betiana Colhuan, Jaramillo, Rosas, Ardaiz, Vera y Melo en la causa por el ataque armado a los efectivos de Gendarmería, pero esa decisión no las desvincula de la investigación en trámite.


Algunos fundamentos de la magistrada


Desde el año 2017 a esta parte se verificó en la jurisdicción de este Tribunal una problemática que nunca antes había sido vista. A partir de esa fecha, comenzaron a desarrollarse en la localidad de Villa Mascardi, distante a unos 35 kilómetros de esta ciudad (por Bariloche), situaciones de violencia inusitada que constituyen delitos en los términos del Código Penal”, indicó la jueza en el fallo.

“Los hechos que conforman este expediente penal y los otros ya mencionados, se vienen sucediendo a partir de un accionar violento y por fuera de toda legalidad por un grupo de personas que se autodenominan “Lof Lafken Winkul Mapu” y que dicen pertenecer a la nación mapuche”, sostuvo.

El estado de derecho no puede permitir el empleo de vías de hecho como mecanismo de presión o para acceder al ejercicio de derechos que se entienden poseer”, afirmó Domínguez.

“Y ni siquiera la posterior reforma constitucional de 1994 o la incorporación con carácter superior a las leyes de distintos tratados internacionales pretenden torcer esa recta interpretación”, señaló.

Simplemente porque jamás podrían significar una carta blanca para la reivindicación violenta de supuestas proclamas legítimas, máxime cuando el destinatario de dichos actos de vandalismo no es el Estado sino, particularmente, terceros que resultan legítimos propietarios de los predios usurpados y que -hasta donde alcanzo y dado que nadie lo ha invocado ni muchos menos probado- fueron compradores de buena fe de dichos inmuebles”, advirtió la magistrada.


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