Río Negro reglamentó las Comunidades de Usuarios de riego: qué cambia para los productores que comparten el agua

La nueva normativa permitirá que quienes comparten una misma fuente de agua puedan organizarse formalmente, administrar obras comunes y tomar decisiones conjuntas bajo la supervisión del DPA.

Por Auribel Zuarce

La nueva normativa busca fortalecer la gestión compartida del agua y el mantenimiento de canales, tomas y otras obras hidráulicas en Río Negro. Foto. Mauricio Martin.

El Gobierno de Río Negro reglamentó el funcionamiento de las Comunidades de Usuarios, una figura prevista desde 1995 en el Código de Aguas, pero que hasta ahora carecía de un marco operativo. La medida busca brindar herramientas legales para que productores y otros usuarios que comparten una misma fuente de agua puedan constituirse formalmente, administrar infraestructura común y participar de manera organizada en la gestión del recurso.

Desde la asesoría legal del Departamento Provincial de Aguas (DPA) explicaron que el nuevo reglamento no crea una figura nueva, sino que pone en funcionamiento un mecanismo ya contemplado por la legislación provincial. A partir de ahora, quienes utilicen una misma toma, presa, canal o sistema de evacuación podrán conformar una persona jurídica que actuará como interlocutora ante el organismo provincial.


Más herramientas para gestionar el recurso hídrico


El objetivo es facilitar la toma de decisiones consensuadas entre los usuarios, mejorar la distribución del agua y promover el mantenimiento de las obras compartidas, siempre bajo la supervisión del DPA y respetando criterios ambientales.

La reglamentación también apunta a cubrir un vacío normativo que obligaba a utilizar figuras del derecho privado, como asociaciones civiles, para organizar este tipo de iniciativas. Según el organismo, la nueva herramienta favorecerá la autogestión y profundizará el proceso de descentralización administrativa, permitiendo que los propios usuarios asuman un rol más activo en el mantenimiento de la infraestructura hídrica y en la resolución de conflictos cotidianos.

Desde el DPA consideran que el impacto será positivo para los productores, ya que las Comunidades de Usuarios contarán con personería jurídica para establecer sus propios reglamentos internos de distribución del agua y administrar en conjunto las obras comunes.

Al mismo tiempo, la conformación de estas comunidades implica responsabilidades compartidas, ya que cada integrante deberá contribuir proporcionalmente a los gastos de administración, operación y mantenimiento de la infraestructura utilizada por el conjunto.


Un punto de partida para nuevas organizaciones


Si bien hasta el momento existían consultas informales sobre cómo organizar este tipo de esquemas, el DPA indicó que recién con esta reglamentación será posible avanzar formalmente en la constitución de Comunidades de Usuarios.

La normativa tiene alcance provincial y su implementación dependerá de la iniciativa de los propios usuarios, quienes ahora cuentan con un procedimiento específico para regularizar su situación.


Diferencias con los consorcios de riego


El organismo aclaró que las Comunidades de Usuarios no reemplazan a los consorcios de riego. Mientras estos últimos administran sistemas de riego y drenaje públicos de mayor escala, la nueva figura está pensada para grupos más reducidos que comparten una obra específica, como una toma de agua o un canal de drenaje, y requieren una estructura institucional más simple.

Para el DPA, la reglamentación representa un paso importante hacia una gestión más participativa del agua en Río Negro, al otorgar herramientas legales para que los usuarios sean protagonistas en la administración del recurso, promoviendo un uso más eficiente y el cuidado de la infraestructura hídrica mediante un esquema de autogestión acompañado por el Estado.

Qué dijo el asesor letrado del DPA



La reglamentación de las comunidades de usuarios de agua pública busca completar una figura que ya estaba contemplada en la legislación rionegrina desde 1995, pero que hasta ahora no había sido reglamentada. Así lo explicó Miguel Volonté, asesor letrado del Departamento Provincial de Aguas (DPA), quien señaló que la iniciativa surgió desde la propia asesoría legal del organismo.

Fue como una propuesta nuestra que las autoridades del organismo impulsaron”, explicó Volonté, quien destacó que se trata, fundamentalmente, de “terminar de dar el paso legal que faltaba”.

La nueva figura apunta especialmente a grupos pequeños de usuarios que comparten una fuente o infraestructura de agua y que, por su dimensión, no alcanzan a constituir un consorcio de riego tradicional. En ese sentido, Volonté la definió de manera muy gráfica: “Es como si fuera un consorcio chiquitito”.

La diferencia está precisamente en la escala. “En vez de comisión directiva puede haber un presidente y después la asamblea, que es la reunión de todos los usuarios”, explicó. La normativa no establece un número rígido de integrantes: “No hay un número, desde dos podrían ser”.

La comunidad funciona como una organización de usuarios bajo supervisión del DPA y permite contar con una representación común frente al organismo. “Para el DPA necesitamos, en casos como este, un interlocutor único”, remarcó Volonté.

La figura también permite ordenar situaciones que en la práctica ya pueden existir, por ejemplo, cuando un campo que originalmente tenía una única boca de riego se divide entre varios familiares que continúan utilizando la misma infraestructura. La organización adquiere especial importancia cuando esas parcelas se independizan o eventualmente son vendidas a terceros, porque permite establecer reglas y mecanismos para resolver posibles conflictos.

Volonté aclaró que los consorcios de riego existentes mantienen su actual condición y que la nueva herramienta está pensada para otra escala de organización. “Es otra dimensión”, resumió.

Finalmente, destacó que las comunidades no necesariamente estarán vinculadas exclusivamente al riego agrícola. “En realidad son consorcios de usuarios de agua pública o comunidades de usuarios de agua pública, no solamente de riego”, explicó. El concepto puede abarcar también usos ganaderos, industriales, energéticos y otros aprovechamientos del recurso.


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