Cómo quedan las jubilaciones y pensiones de abril 2024, tras el nuevo decreto de Milei

El gobierno de Javier Milei anunció que actualizará los haberes de jubilados y pensionados en base al IPC de INDEC. Por el momento, hay incertidumbre respecto de los montos, aunque pueden calcularse estas actualizaciones.

Este lunes, el gobierno nacional decretó la nueva fórmula de movilidad jubilatoria que impactará en los haberes de los jubilados y pensionados a partir de julio próximo. Mientras tanto, se estableció que durante abril se aplique un ajuste, también reglamentado por el gobierno, más un bono ya anunciado días atrás.

Según se anunció, durante abril se aplicará un ajuste de 12,5%, más adelantos todavía no estimados sobre la movilidad correspondiente a junio, que se otorgarán también posteriormente con los haberes de mayo. El ajuste que se percibirá con los próximos haberes buscará equiparar la pérdida de poder adquisitivo de jubilados y pensionados durante enero y marzo, lo meses con mayor inflación.

De acuerdo a lo explicado oficialmente, desde la implementación del decreto la actualización se basa en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que llegará recién en el mes de julio. Mientras tanto, las jubilaciones se actualizarán sobre un esquema de transición.

Entonces, está confirmado que durante abril 2024 las jubilaciones tendrán una suba del 12,5%. Esto llevará las jubilaciones mínimas a 150 mil pesos, estimativamente. Sin embargo, estas quedarán por segundo mes consecutivo en los 204 mil pesos, teniendo en cuenta que se sumará un segundo bono de 70 mil pesos en forma escalonada sobre los haberes.

De esta manera, los aumentos serán percibidos por los jubilados y pensionados que superen ese nivel de haber o quienes se encuentren aún por debajo.

Qué dice el decreto de jubilaciones mínimas que emitió el gobierno de Javier Milei


Según lo establecido por el decreto del gobierno de Javier Milei, “los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC)”.

“En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”, se aclaró en el Boletín Oficial.

De acuerdo a la nueva fórmula, el Gobierno ejemplificó: “En julio de 2024 se abonará la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente”.

Además del incremento extraordinario en abril, en mayo se abonará un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año; y en junio un incremento calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241.

Dichos aumentos “serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente. Una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido”, explicó el Poder Ejecutivo.

“En caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante”, se agregó.


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