PAMI: Cómo gestionar la afiliación provisoria a la obra social

PAMI ofrece la opción de afiliación provisoria a aquellas personas que se encuentran tramitando la jubilación o la pensión ante ANSES. Conocé cómo solicitar la cobertura de la obra social y qué papeles necesitás.

Entre sus servicios, PAMI ofrece la opción de afiliarse a aquellas personas que necesitan contar con la cobertura médica que brinda la obra social y se encuentran tramitando un beneficio de jubilación o pensión ante ANSES, sin importar las características de esta solicitud.

Este trámite puede realizarse por la persona titular que desea tener la cobertura de PAMI, o un apoderado de la persona jubilada o pensionada que busca tener el tipo de asistencia específica que brinda la obra social, con diversos beneficios.

Para gestionar la afiliación provisoria, la persona interesada debe acercarse a la agencia de PAMI más cercana para informarse sobre la realización del trámite y los papeles necesarios para adherir a la obra social. En estos casos, se recomienda sacar un turno web para la atención en la sucursal.

En los casos de afiliación provisoria a PAMI, la obra social otorgará una credencial especial que podrá gestionarse también de manera virtual, tal como se hace en los otros casos de afiliación.

Qué documentación necesito para la afiliación provisoria a PAMI


Para acceder a la afiliación provisoria de PAMI, es necesario acercarse a la agencia más cercana de la obra social con esta documentación:

1. Documento Nacional de Identidad, con fecha vigente y domicilio actualizado. Las personas mayores de 75 años y los discapacitados declarados judicialmente quedan exceptuados y también podrán acreditar identirdad y domicilio con DNI libreta, libreta de enrolamiento o libreta cívica.

2. Certificado de inicio de Beneficio en el cual se indique que en principio reúne los requisitos para acceder el beneficio o tira de teleproceso actualizada (donde se puede observar el estado en que se encuentra el trámite previsional).

3. Constancia negativa de ANSES.

4. Constancia de CUIT o CUIL.

5. Cuando el trámite iniciado es con Moratoria Previsional – Ley 26970, se deberá solicitar el pago de la primera cuota de la moratoria (formulario 799 – AFIP).

6. En los casos de trámites previsionales por discapacidad (Ejemplo : Retiro Transitorio por Invalidez) se deberá adjuntar el correspondiente Dictamen Médico elaborado por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.

7. NO ES OBLIGATORIA la presentación del Certificado Negativo de Beneficio de IPS por parte de la persona afiliada. Tenga en cuenta que el agente de atención puede confirmar la información accediendo al siguiente link: http://www.ips.gba.gov.ar/web-ips/npConsultaNPBeneficio1.jsp
 


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