Potenciar Trabajo: con qué asignaciones es compatible Volver al Trabajo

El Ministerio de Capital Humano confirmó los cambios en el programa y detalló con qué prestaciones de Anses es compatible el plan.

El Ministerio de Capital Humano oficializó los cambios en el programa Potenciar Trabajo. A partir de ahora el plan se dividirá en dos prestaciones: Volver al Trabajo y Acompañamiento Social.

“Potenciar Trabajo fue un plan ineficaz donde de 1.400.000 beneficiarios apenas el 1.3% consiguió un empleo formal”, argumentó el Ministerio al dar a conocer las modificaciones.

El programa Volver al Trabajo tendrá como únicos beneficiarios a las personas que resulten transferidas del programa Potenciar Trabajo. Si eras beneficiario del Potenciar Trabajo y no estás incluido en Volver al Trabajo, te corresponde el Programa de Acompañamiento Social, explicó Capital Humano en su página web.

De esta manera, Volver al Trabajo se orienta a la población de 18 a 49 años. Por su parte, Acompañamiento Social está centrado en los mayores de 50 años y en las madres de cuatro o más hijos.

Potenciar Trabajo: las compatibilidades para Volver al Trabajo


La percepción de Volver al Trabajo será compatible para aquellas personas que:

– Perciban la Asignación Universal por Hijo.

– Perciban la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.

– Perciban prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional y/o de protección familiar otorgadas por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

– Reciban prestaciones de carácter alimentario.

– Sean trabajadores independientes inscriptos en el Monotributo Social o Monotributo categoría A.

– Sean trabajadores registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

– Sean trabajadores rurales que realicen trabajos temporarios o estacionales.

– Registren un vínculo contractual de empleo público iniciado con posterioridad a su incorporación al programa, con una remuneración bruta mensual que no exceda el valor de tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.

– Registren un trabajo bajo relación de dependencia en el sector privado por una relación laboral iniciada con posterioridad a su incorporación al programa, con una remuneración bruta mensual que no exceda el valor de tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.

– Registren un empleo formal bajo relación de dependencia encuadrado en el Programa de Inserción Laboral. En este supuesto de compatibilidad no será aplicable el límite máximo de tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles para las remuneraciones.


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