Plan Mi Compu ANSES: ¿quiénes pueden acceder al beneficio?

El organismo previsional junto al Banco Nación brindan la posibilidad a beneficiarios de acceder al programa. Mirá cuáles son los requisitos.  

Por Redacción

La Administración Nacional de la Seguridad Social continúa con el pago de haberes y prestaciones a sus titulares de acuerdo al calendario de marzo 2023. En este sentido, impulsa diferentes beneficios para algunos grupos y se mantienen abiertas las inscripciones para el Plan Mi Compu.

Se trata de una financiación especial para la compra de computadoras y está destinado para jubilados y pensionados que cobren sus haberes a través de la ANSES.

De qué se trata el Plan Mi Compu


Este beneficio permite comprar notebooks con créditos sin interés específicos del Banco Nación de hasta $300.000. El programa consta de un sistema de financiación a través de un plan de pagos de hasta 40 cuotas para acceder a computadoras de la marca EXO. Además, la entrega de equipos será sin cargo en todo el país.

Cabe destacar que las cuotas se descontarán directamente del haber jubilatorio o pensión, a través del recibo de sueldo. En tanto, el solicitante podrá realizar una cancelación anticipada de las mismas.

Plan Mi Compu 2023: cómo solicitar el beneficio


Los jubilados y pensionados de ANSES pueden solicitar el crédito desde: https://www.bna.com.ar/Personas/SolicitarProducto/MiCompuJubi.

En este link deberán completar un formulario con los datos personales y a su vez seleccionar en qué sucursal cercana a su domicilio desean efectuar el trámite.

Requisitos para acceder al plan Mi Compu


– Cobrar haberes a través de la ANSES.

– Estar vinculado al Banco de la Nación Argentina a través del Código de descuento en haberes.

– DNI y fotocopia del mismo.

– Clave Única de Identificación Laboral (CUIL), reconocida por ANSES.

– Últimos dos recibos de cobro de jubilación o pensión.

– Último resumen de la Tarjeta de crédito, o factura de un servicio fijo (por ejemplo: luz, gas, impuesto inmobiliario, telefonía fija, etc.), a nombre del solicitante, u otro a satisfacción de la Instancia Ejecutiva de crédito interviniente a fin de establecer el domicilio del mismo.

– El valor de las cuotas no podrán superar el 30% de los ingresos netos del solicitante.


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