Revisaron la acusación contra el joven imputado por el piedrazo que mató a un hombre cerca de Roca
La jueza de revisión, Verónica Rodríguez, revocó la resolución de la magistrada de garantías. De esta manera, se realiza un cambio en la calificación que pesa sobre el imputado. El hecho ocurrido en Guerrico volverá a investigarse judicialmente como un homicidio doloso.
En una audiencia de revisión, la Justicia de Río Negro dio un giro en la causa que investiga la muerte de Oscar Duca, ocurrida el pasado 13 de febrero en la zona rural de Contraalmirante Guerrico. La jueza de revisión, Verónica Rodríguez, decidió revocar la resolución de la magistrada de Garantías, María Gadano, quien semanas atrás había a imputado Alexis Nicolás Masud Carriles. La resolución original había encuadrado el hecho bajo la figura de «homicidio preterintencional», una calificación considerablemente más leve que la pretendida por los acusadores. La fiscalía solicitó la instancia judicial inmediatamente después de conocer el fallo de la jueza Gadano.
La nueva decisión restableció la acusación original de la fiscalía por «homicidio simple». Este cambio no es solo semántico; implica que la Justicia vuelve a considerar, de manera provisional, que Masud tuvo la intención de dar muerte a Duca cuando le arrojó un elemento contundente a la cabeza durante una discusión.

Con esta decisión, el Ministerio Público Fiscal recupera el terreno perdido en la primera instancia, donde se había cuestionado la «congruencia» entre el relato de los hechos y la evidencia recolectada en las primeras horas de la investigación.
El encuentro fatal en una calle rural
Los hechos que originaron este complejo debate judicial se remontan a la tarde del viernes previo al fin de semana largo de febrero. Según la descripción de la Fiscalía, Masud circulaba en su camioneta Amarok por la calle Rural 4, a la altura de la chacra 72, cuando se cruzó con la Chevrolet azul conducida por Duca.
Entre ambos existían conflictos previos, presuntamente originados por una relación sentimental de la víctima con la madre del acusado. Lo que comenzó como un cruce vehicular terminó en una tragedia inmediata.
Masud habría dado una vuelta en «U» y se bajó del rodado para enfrentar a Duca, quien también descendió del vehículo con un cuchillo. Fue allí que, en medio de una pelea, el imputado arrojó un objeto que impactó en la región occipital de la víctima, causándole la muerte por fractura y hundimiento de cráneo.
La fiscal jefa Graciela Echegaray fue tajante al señalar la arbitrariedad de la decisión anterior. Dijo que el MPF acusó que Masud tuvo «claramente intención de darle muerte a la víctima». Sin embargo, la jueza Gadano modificó el núcleo esencial de la imputación y habló del homicidio preterintencional y «se advirtió una falta de congruencia absoluta». Para la fiscalía, el hecho de que Masud se dirigiera a la policía caminera minutos después no borraba la intención dolosa del ataque inicial.
La controversia por el medio empleado
Uno de los puntos más tensos de la audiencia fue el análisis de la prueba, especialmente respecto al elemento utilizado para el ataque. La defensa, ejercida por el doctor Pablo Gutiérrez, sostuvo que su cliente actuó en legítima defensa frente a un Duca que bajó de su rodado «blandiendo un cuchillo de 35 centímetros». Gutiérrez basó su estrategia en el testimonio de un testigo presencial, quien declaró que el imputado «levantó una piedra del piso para defenderse».
Bajo esta premisa, la defensa argumentó que un piedrazo no puede considerarse razonablemente un medio para matar. «El medio utilizado, una piedra, no podía razonablemente producir la muerte. Esto nos colocaba en una situación de un homicidio preterintencional«, explicó Gutiérrez.
Sin embargo, el abogado querellante, Federico Diorio, arremetió contra esta interpretación al considerar que la jueza de garantías se extralimitó al valorar prueba de forma anticipada. «La fiscalía marca la cancha y dice ‘esto es lo que voy a investigar’, no puede la jueza de garantías limitar el objeto de la investigación en una etapa tan temprana», afirmó el representante de las hijas de la víctima.
El fallo de revisión: límites a la función judicial
Al momento de emitir su veredicto, la jueza Verónica Rodríguez utilizó una sólida base doctrinaria para corregir el rumbo del proceso. Citando un manual, Rodríguez aclaró que la audiencia de formulación de cargos no es un juicio anticipado ni un «filtro de prueba» exhaustivo.
«La judicatura debe verificar que el hecho esté individualizado, pero este control no exige una revisión profunda y un análisis de la prueba propio de otra etapa«, fundamentó la magistrada.
Rodríguez coincidió con los acusadores en que el cambio de calificación impuesto por la jueza Gadano afectó la autonomía del Ministerio Público. «Este cambio de calificación efectivamente afecta el principio de congruencia y obliga al Ministerio Público a encaminar su investigación bajo los andariveles que marca la judicatura», señaló, calificando de «impropia» la valoración de las evidencias realizada en la primera instancia.
Con la revocación del fallo, se deja sin efecto la calificación de homicidio preterintencional y se habilita a la fiscalía a seguir investigando bajo la hipótesis del dolo directo.
El futuro de la causa y las medidas cautelares
A pesar del endurecimiento de la acusación, la jueza Rodríguez hizo una aclaración importante respecto a la libertad del imputado. Si bien Masud Carriles vuelve a estar imputado por un delito con penas mucho más altas, la magistrada subrayó que la calificación legal es independiente de los riesgos procesales. «Los riesgos procesales son los que avalan el dictado de una medida cautelar restrictiva de la libertad», aclaró, sugiriendo que la discusión sobre una posible prisión preventiva debería darse en una instancia específica de acreditación de peligros de fuga o entorpecimiento.
La causa continuará ahora su curso con la fiscalía «saliendo a buscar otras pruebas», según adelantó Echegaray, incluyendo los testimonios de otras dos personas que presenciaron el hecho y las pericias telefónicas a los dispositivos secuestrados.
Por su parte, el defensor Gutiérrez ya realizó la reserva de impugnación, asegurando que llevará el caso ante el Tribunal de Impugnación para insistir en la teoría de la legítima defensa y la accidentalidad del resultado fatal.
En una audiencia de revisión, la Justicia de Río Negro dio un giro en la causa que investiga la muerte de Oscar Duca, ocurrida el pasado 13 de febrero en la zona rural de Contraalmirante Guerrico. La jueza de revisión, Verónica Rodríguez, decidió revocar la resolución de la magistrada de Garantías, María Gadano, quien semanas atrás había a imputado Alexis Nicolás Masud Carriles. La resolución original había encuadrado el hecho bajo la figura de "homicidio preterintencional", una calificación considerablemente más leve que la pretendida por los acusadores. La fiscalía solicitó la instancia judicial inmediatamente después de conocer el fallo de la jueza Gadano.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios
Estimados/as lectores de Río Negro estamos trabajando en un módulo de comentarios propio. En breve estará habilitada la opción de comentar en notas nuevamente. Mientras tanto, te dejamos espacio para que puedas hacernos llegar tu comentario.
Gracias y disculpas por las molestias.
Comentar