Techo Digno Cipolletti: el STJ debe decidir si aparta a los jueces del Tribunal de Impugnación tras una controvertida decisión

La causa tiene como imputados a los exintendentes de Cipolletti Aníbal Tortoriello y Abel Baratti. El TI sacó una resolución y luego la anuló, lo que generó la recusación del fiscal Santiago Márquez Gauna.

Por Néstor Pérez

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro deberá resolver una recusación contra jueces del Tribunal de Impugnación (TI) que intervinieron en una polémica secuencia de resoluciones en la causa Techo Digno Cipolletti, lo que puso al segundo tribunal en la escala jerárquica de la provincia en una incómoda posición.

El planteo fue presentado por la fiscalía y lleva la firma de Santiago Márquez Gauna, que además pidió la nulidad de la segunda decisión del tribunal revisor, que había dejado sin efecto su propio pronunciamiento anterior.

La causa tiene como imputados a los exintendentes de Cipolletti Aníbal Tortoriello (ahora diputado y con aspiraciones a ser candidato a gobernador) y Abel Baratti, acusados por los delitos de administración fraudulenta y peculado en el manejo de fondos públicos destinados a la construcción de viviendas.

La discusión comenzó cuando las defensas llevaron ante el Tribunal de Impugnación una serie de planteos vinculados con la prescripción de la acción penal, nulidades y la calificación legal de los hechos.

Cómo fue el derrotero de la causa judicial Techo Digno Cipolletti


Como informó Diario RÍO NEGRO la primera resolución emitida por el TI lleva fecha del 13 de mayo y fue firmada por los jueces Carlos Mohamed Mussi, Adrián Fernando Zimmermann y Miguel Ángel Cardella. Allí el Tribunal declaró mal concedidas las impugnaciones de las defensas y sostuvo que ya se había cumplido el doble conforme. En otros términos, entendió que los recursos no debían avanzar porque la decisión cuestionada ya había tenido una revisión anterior.

Pero el mismo día, el propio Tribunal dejó sin efecto esa resolución. En una segunda decisión, mucho más breve, reconoció que “se podría haber omitido” el análisis de cuestiones de orden público que podían habilitar la vía del artículo 242 inciso 2 del Código Procesal Penal (cuestión federal). Por eso revocó “por contrario imperio” lo que acababa de resolver y ordenó estar a la fecha de audiencia fijada por la Oficina Judicial. Cabe aclarar que el juez Cardella se abstuvo de votar en ambas decisiones.

La secuencia dejó expuesto un problema institucional delicado. Primero, el Tribunal resolvió por escrito y cerró la puerta a las impugnaciones. Después, advirtió que tal vez no podía hacerlo sin ingresar antes al análisis de cuestiones centrales. En especial, porque la prescripción de la acción penal es una materia de orden público y puede ser declarada incluso de oficio, remarcaron las fuentes judiciales consultadas por Diario RÍO NEGRO.

En la primera resolución no se limitó a una fórmula de inadmisibilidad. También avanzó sobre el contenido de los planteos defensivos.

Esa era precisamente la zona de mayor tensión. Porque si los jueces primero analizaron el fondo, rechazaron los recursos y luego revocaron su propia decisión para convocar a audiencia, las defensas podrían sostener que el Tribunal ya adelantó opinión, indicaron las fuentes consultadas.

Ese giro es el que ahora cuestionó la fiscalía. El Ministerio Público Fiscal pidió que se declare la nulidad de la segunda resolución del Tribunal de Impugnación y recusó a los jueces que la dictaron. La presentación sostiene que el tribunal no podía revertir en esos términos su propia decisión y, al mismo tiempo, conservar competencia para intervenir en la audiencia posterior.

El planteo quedó ahora bajo análisis del Superior Tribunal de Justicia, que deberá definir en primer lugar si corresponde apartar a los jueces recusados. Esa decisión tendrá impacto directo en la continuidad del trámite.

La decisión que tomará el STJ podría ser un nuevo eslabón en una relación tensa entre los dos tribunales, que cuenta con fallos en los que el Superior Tribunal cuestionó con dureza el accionar de sus instancia inmediata inferior.

Las dimensiones de la causa Techo Digno


La causa Techo Digno investigó el destino de fondos nacionales enviados a distintos municipios de Río Negro para la construcción de viviendas. En el tramo de Cipolletti quedaron imputados Tortoriello, actual diputado nacional, y Baratti, ambos exintendentes de la ciudad.

Otros expedientes derivados de la misma investigación tuvieron resultados distintos. En Fernández Oro y Bariloche hubo absoluciones. En Cervantes, el exintendente Gilberto Montanaro recibió una condena mediante juicio abreviado.

La definición del Superior Tribunal de Justicia no resolverá todavía el fondo del caso. Antes deberá despejar si los jueces del Tribunal de Impugnación pueden seguir interviniendo después de haber dictado dos decisiones contrapuestas en la misma jornada. Solo después se sabrá qué tribunal escuchará los planteos pendientes y bajo qué condiciones continuará el trámite de los recursos.


El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro deberá resolver una recusación contra jueces del Tribunal de Impugnación (TI) que intervinieron en una polémica secuencia de resoluciones en la causa Techo Digno Cipolletti, lo que puso al segundo tribunal en la escala jerárquica de la provincia en una incómoda posición.

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora

Comentarios