STJ ratifica el receso en Río Negro pero alienta a los jueces que resuelvan

El Tribunal pide que “procesan al dictado de sentencias”. La Legislatura todavía no formalizó la prórroga y convocó para mañana a Constitucionales.

El Superior Tribunal de Justicia ratificó anoche la continuidad del “receso extraordinario” hasta el 10 de mayo aunque alentó a “dar continuidad y la mayor amplitud posible a la prestación” del servicio que “permita paulatinamente la concreción de actos procesales y el desenvolvimiento de los procesos”, “dentro de la emergencia sanitaria”.

La Legislatura aún no informó de la prórroga del receso en ese Poder, que se descuenta, aunque se sabe que para mañana a las 17 fue convocada la Comisión de Asuntos Constitucionales con la participación del ministro de Gobierno, Rodrigo Buteler para repasar la situación provincia en el marco de la pandemia. Esta reunión responde al reclamo de la oposición frente a la inactividad parlamentaria.

Por su parte, en su acordada N° 14, el STJ prorrogó “las medidas sanitarias” hasta el 10 de mayo aunque propició además que “los jueces y juezas de todos los fueros e instancias procedan al dictado de las sentencias e interlocutorios que se encontraren en estado para resolver” antes de la cuarentena. Asimismo, autorizó que estas sentencias “sean informadas en la lista de despacho, sin que ello implique notificación a las partes, la que debe efectuarse en la forma indicada por la ley procesal que corresponda, en el momento oportuno”.

En los fundamentos, ese tribunal explicó que “es imperativo dar continuidad y mayor amplitud posible a la prestación de un servicio que permita de manera paulatina -dentro de la emergencia sanitaria y el aislamiento obligatorio- la realización de actos procesales y el desenvolvimiento de los procesos” para “morigerar el impacto que aquellas medidas limitantes de la capacidad ambulatoria y de reunión de las personas humanas han provocado en la continuidad de las actividades judiciales, merced a las posibilidades tecnólogicas y demás herramientas puestas a disposición de todos los operadores del sistema”.

En otro artículo, el STJ autoriza el “uso de la Mesa de Entradas de Escritos Digitales para la presentación de cualquier tipo de actuación judicial, se relacione la misma o no con cuestiones urgentes o con expedientes en trámite”.

“El organismo destinatario de la presentación debe decidir, con la mayor amplitud posible, si se encuentra en condiciones de disponer la tramitación de la misma de acuerdo a las condiciones en que allí se están desplegando funciones (dotación de personas disponibles y modalidad de teletrabajo), y en la medida que se pueda resguardar la garantía del debido proceso. A los fines precitados, los plazos de proveimiento que corresponda aplicar de acuerdo a la ley procedimental del caso son considerados como orientativos”.


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