U-9: anulan sobreseimiento a médico que no denunció torturas

Redacción

Por Redacción

Neuquén

La Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento dictado por la Cámara de Apelaciones de General Roca, contra un médico acusado de omitir denunciar un hecho de tortura ocurrido en la Unidad 9 de Neuquén.

El 8 de abril de 2008 un grupo de penitenciarios golpeó al interno Argentino Pelozo Iturri, provocándole la muerte, e intentó ocultar lo ocurrido. Las conclusiones de la pericia realizada por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema determinó el origen traumático de la muerte y descartó que se tratara de un hecho fortuito.

La Cámara sobreseyó al médico Mario Leyría por considerar que su conducta no encuadraba en el tipo penal, ya que no habría presenciado personalmente la golpiza y tomó conocimiento por comentarios de los agentes implicados.

La decisión fue impugnada por la Procuración Penitenciaria de la Nación que interviene como querellante. Planteó que: “los funcionarios penitenciarios que son anoticiados de que un detenido ha sido víctima de alguna clase de actos de tortura, tienen el deber de denunciar el episodio ante las autoridades en el término de 24 horas y no pueden considerarse relevados de dicha obligación por el mero hecho de no haber presenciado directamente los acontecimientos.”

La sala tercera de la Cámara de Casación anuló, por mayoría, la resolución que dispuso el sobreseimiento. La jueza Liliana Catucci consideró que la solución de la Cámara de Roca “reconoce como único sustento las explicaciones del encausado, no refleja un análisis integral del plexo probatorio recopilado y omite evaluar cuestiones planteadas por la querella que pueden ser útiles para la solución del caso.” Y agregó: “la gravedad de los hechos que giran en torno de Leyría, cuya omisión de denunciar a él se le imputa, merece una atención extensiva de las pruebas reclamadas.”

Al voto adhirió su colega Ana María Figueroa. El juez Eduardo Riggi rechazó el recurso interpuesto.

Agencia Neuquén


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