Violencia de género: Deniegan beneficios procesales en tres casos

Los hechos ocurrieron en Cipolletti, Cinco Saltos y Catriel. El superior Tribunal de Justicia confirmó la decisión que ya había emitido la Cámara Primera de Cipolletti.

Redacción

Por Redacción

El Superior Tribunal de Justicia (STJ), denegó la “suspensión de juicio a prueba” en tres casos de violencia de género, confirmando la decisión de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti. La suspensión de juicio a prueba implica un beneficio para el imputado, y permite suspender el juicio ante el compromiso de someterse a una serie de pautas que impone el tribunal.

La suspensión de juicio a prueba es una vía judicial alternativa al juicio, y permite suspender el juzgamiento de un acusado pero implica que acepte someterse a una serie de pautas de conductas que le impone el Tribunal, como por ejemplo realizar tareas comunitarias, ofrecer una reparación económica, etc.

Los tres casos ocurrieron en Cipolletti, Cinco Saltos y Catriel, y en todos se interpuso un recurso de casación y luego una queja por parte de la defensa pública, pero el STJ confirmó lo resuelto por la Cámara local, denegando los beneficios a los acusados.

En Cipolletti, la víctima fue una adolescente embarazada, y su expareja no respetó la prohibición de acercamiento que pesaba en su contra por hechos de violencia anteriores y abordó a la mujer en la vía pública. En Cinco Saltos, el agresor golpeó a su pareja en la casa de sus padres y le provocó lesiones. Por otra parte, en Catriel un hombre interceptó a la víctima en la calle, la subió a su camioneta por la fuerza, la golpeó y luego la mantuvo encerrada en una habitación contra su voluntad.

El STJ ya había ratificado en varios fallos la negativa a otorgar beneficios procesales a imputados en causas por violencia de género. La jurisprudencia se basa no sólo en la Convención de Belém do Pará, que fue ratificada por Argentina a través de la Ley 24632, sino también en pronunciamientos de la Corte Suprema como el fallo “Góngora”.


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