Nuevo Código: ¿cuándo vence el plazo para formular cargos?

Una controversia que se generó ayer en los tribunales provinciales de Bariloche puso a la vista que hay debates todavía no cerrados alrededor de la reforma procesal penal. Un defensor particular y un fiscal discreparon sobre la fecha para contar los seis meses.

¿Cuándo comienzan a correr los seis meses de plazo de la investigación preliminar que prevé el nuevo Código Procesal Penal? El planteo generó ayer un intenso debate entre el defensor particular Horacio Brucellaria y el fiscal Martín Govetto. Cada uno expuso sus argumentos. El defensor planteó que los plazos deben contarse a partir de la fecha del hecho que se investiga. Para Govetto, en cambio, se deben contar desde el 1 de agosto pasado, cuando entró en vigencia el nuevo sistema procesal penal en la provincia. El juez de garantías, Marcos Burgos le dio, en esta instancia, la razón a la fiscalía, pero en el aire quedó la sensación de que es un debate que no está cerrado.

El artículo 128 del Código Procesal Penal vigente indica: “Cuando el fiscal tenga conocimiento directo de un delito de acción pública promoverá la averiguación preliminar, la que deberá ser concluida en un plazo de 6 meses a contar desde que se encontrare individualizado el imputado”. El plazo no corre para delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos.

El defensor particular planteó ayer que el hecho atribuido a su asistido, Pablo Cáceres, ocurrió el 23 de marzo pasado y advirtió que se venció el plazo legal como para formular los cargos en su contra. Señaló que Cáceres había sido individualizado por la denunciante. Recordó que el hecho ocurrió cuando estaba vigente el anterior Código Procesal Penal.

Brucellaria sostuvo que en el caso “hay dos leyes en pugna”. Y recordó que la normativa vigente establece que se le debe aplicar al imputado “la ley más benigna”. En consecuencia, consideró que los plazos se deben computar desde la fecha que ocurrió el hecho y el imputado fue individualizado.

Recordó que desde antes de que se instrumentara la reforma procesal hubo un proceso de adecuación de las causas penales en trámite por una acordada del STJ. Y sostuvo que el Ministerio Público Fiscal “debió tomar los recaudos para que no se vencieran los plazos”. Advirtió que la fiscalía no pidió prórroga y se tiene que aplicar “el plazo fatal de 6 meses”. Por eso, solicitó que se rechace la formulación de cargos en contra de Cáceres por el delito de abuso de armas en contra de su expareja.

Govetto planteó que no podían desde la fiscalía formular cargos antes de que entrara en vigencia el nuevo Código. Apuntó que con ese criterio es lógico que los plazos corran desde el 1 de agosto último. Y advirtió que si se aplicara el criterio del defensor “un montón de causas que llevan más de seis meses, con imputados individualizados, que se están readecuando, se caerían”.

El juez de garantías le dio la razón a Govetto, pero el defensor planteó un recurso de reconsideración, que tampoco prosperó.

Datos

El juez de garantías le dio la razón a Govetto, pero el defensor planteó un recurso de reconsideración, que tampoco prosperó.

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios