Los padres pagarán los daños que causen sus hijos menores

La ordenanza fue aprobada por unanimidad en el Deliberante de San Antonio Oeste y tiene alcance para Las Grutas. Se podrá pagar con dinero o con labores comunitarias.

Mediante una nueva ordenanza que fue aprobada por unanimidad, los concejales buscarán preservar el patrimonio público municipal, que en los últimos tiempos se está convirtiendo en objeto de distintos actos vandálicos, protagonizados por adolescentes en su mayoría y cuya reparación queda generalmente sin responsables.

La norma prevé que, una vez determinado el autor de los daños, en el caso de que sean menores de edad, serán sus padres quienes deberán hacerse cargo de reparar la pérdida económica producida.

Para eso podrán efectuar labores comunitarias, pagar una multa económica o, en el caso de residir en el ejido, abonar el dinero en el que se estime la falta, aunque en este caso, si lo prefieren, se cargaría directamente al monto que abonen en concepto de tasas.

La ordenanza es de la autoría del edil Fabrio Mirano (FpV) y entraría en vigencia en breve, por lo cual estará en marcha cuando se inicie en Las Grutas la temporada de verano, y podrá utilizarse para sancionar a aquellos que atenten contra bienes municipales del balneario.

El texto de la flamante normativa deja en claro que su finalidad “no es recaudatoria, sino preventiva y reparadora, por eso se imponen tres tipos de sanciones”.

También destaca que “la mayoría de edad se alcanza a los 18 años y hasta ese momento los padres son responsables por los hechos de los hijos, responsabilidad que incluye el deber de vigilar que estos no provoquen daños”.

Debido a esto “de configurarse el evento dañoso, el principal responsable es el autor de la falta y de constatarse la minoridad, se configura la responsabilidad solidaria en los padres”.

Con respecto a la modalidad de implementación, la nueva regulación aclara que, una vez detectado el acto vandálico, cuando el juez de faltas lo considere conveniente, el tema podría elevarse al defensor de menores “a los fines de toma de conocimiento y acción”.

Para poner en marcha la norma la autoridad competente será, justamente, el juzgado de faltas, que constatará los hechos e impondrá y ejecutará las sanciones, en “colaboración con las áreas ejecutivas que se consideren competentes en cada caso”.

El edil Fabrio Mirano (FpV), autor de la norma, dijo que la iniciativa surgió “luego de ver la cantidad de hechos vandálicos” que ocurren en esa comuna.

Según explicó, el código de faltas municipal prevé que cuando el daño a los bienes públicos es cometido por un menor de edad “se debe seguir la acción en contra de sus padres, tutores o encargado de la guarda”.

Problema habitual

Aunque “no hay datos estadísticos, continuamente se está rompiendo algún bien público, y la verdad es que estos hechos realmente duelen porque no dejan de ser bienes de uso de toda la sociedad que se deben reparar y, obviamente, estas reparaciones generan un gasto que se podría destinar a otra cosa”, fundamentó.

“Es una ordenanza muy útil, ha tenido una repercusión muy buena y creo que no hay ningún municipio que se haya animado a este tipo de procedimientos. La idea es poder aplicarla como una ley de alcance provincial”, completó el concejal.

“La finalidad de la medida no es recaudatoria, sino preventiva y reparadora, por eso se imponen tres tipos de sanciones”.

El texto de la norma sancionada por unanimidad por el CD.

Tres formas

de aplicar la sanción

El nuevo texto del Código Municipal de Faltas contempla tres modos de sanción. Quedó redactado así:

“Cuando el infractor fuera menor de dieciocho (18) años, la acción se seguirá contra el padre, madre, tutor o encargado, sin perjuicio de la comunicación al Defensor de Menores, cuando el Juez de Faltas lo considere conveniente. De ser contra bienes de dominio municipal, provincial o nacional, se impondrán a los responsables de la guarda del menor las siguientes sanciones:

Probation: consistirá en realizar un trabajo comunitario, en instituciones públicas designadas. La labor será equivalente en días y horas al daño ocasionado.

Pago en efectivo: La extinción de la infracción se producirá automáticamente con el pago total de lo dañado.

En caso de que el responsable de guarda, no cumpla con las sanciones establecidas en los incisos precedentes, se imputará el monto del daño ocasionado directamente en la tasa municipal a nombre del contribuyente.

La autoridad competente a los fines de constatación, imposición y ejecución de las sanciones precedentes, será el Juez de Faltas”.

Fabrio Mirano, concejal del FpV, autor de la iniciativa

Es una ordenanza muy útil, ha tenido una repercusión muy buena y creo que no hay ningún Municipio que se haya animado a este tipo de procedimientos”.

Datos

“La finalidad de la medida no es recaudatoria, sino preventiva y reparadora, por eso se imponen tres tipos de sanciones”.

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