Condenado por acosar a su expareja en Rincón no irá preso pero deja la provincia

El caso es de Rincón de los Sauces. No podrá acercarse a menos de 200 kilómetros de esa ciudad.

Un hombre fue condenado a tres años de prisión condicional por haber amenazado a su ex pareja y por desobedecer de manera reiterada las órdenes judiciales que le impedían contactarla o acercarse. Durante el plazo de la condena se irá a vivir a otra provincia y no podrá acercarse a menos de 200 kilómetros de Rincón de los Sauces, la ciudad en la que ocurrieron los hechos.

Tampoco podrá usar redes sociales, y deberá realizar un tratamiento psicológico con orientación en perspectiva de género.

La resolución judicial se acordó entre la fiscalía y la defensa, con aprobación de la víctima. Luego fue llevada ante un juez de Garantías que la homologó y dictó el veredicto.

El imputado fue identificado sólo por las iniciales J.E.M, para resguardar la identidad de la víctima y de su entorno familiar.

En principio se informó que el hombre había sido obligado a vivir en otra provincia, el equivalente a un destierro. El juez de Garantías Gustavo Ravizzoli aclaró que la disposición adoptada es que el hombre fijará domicilio en una ciudad de Mendoza, y la fiscalía se encargará de controlar el cumplimiento.

«El imputado estaba cumpliendo prisión preventiva. Se dispuso que recupere su libertad y no pase ni un minuto en Rincón de los Sauces. De inmediato debía irse al domicilio fijado, que ya fue constatado por la fiscalía y tiene el informe socioambiental», explicó el magistrado a Río Negro.

Según informó la oficina de prensa del Ministerio Público Fiscal, se le atribuyeron siete hechos, tales como hostigar a la expareja y amenazarla de manera presencial o telefónicamente, seguirla en la vía pública e intentar agredirla físicamente, cuando además tenía restricciones de acercamiento y de contacto vigentes.

Durante una audiencia realizada ayer ante un juez de garantías, la fiscal Rocío Rivero llegó a un acuerdo con la defensa del ahora condenado, por lo que se optó por realizar un juicio abreviado para resolver el conflicto.

De ese modo, y tras escuchar a las partes, el juez de Garantías homologó el acuerdo y J.E.M fue declarado penalmente responsable de los delitos de desobediencia a la autoridad (7 hechos), amenazas agravadas por el anonimato y coacción en concurso real y en calidad de autor (artículos 239, 149 bis, segundo párrafo; y 149 bis, primer párrafo y segundo supuesto; 55 y 45 del Código Penal).

Respecto de la pena a cumplir, para avanzar en el acuerdo se definió que el mínimo previsto para los delitos por los que fue condenado era de 2 años y, tras evaluar atenuantes y agravantes, se resolvió imponer 3 años de prisión. Durante ese tiempo, J.E.M fijará residencia en otra provincia y deberá comparecer semestralmente a la comisaría local.

Tampoco podrá acercarse a menos de 200 kilómetros de Rincón de los Sauces ni a 500 metros de la víctima ni contactarla por ninguna vía.

Finalmente, deberá cumplir dos órdenes judiciales específicas: realizar un tratamiento psicológico con especial abordaje en violencia de género y no podrá utilizar o gestionar redes sociales.

Además, deberá regirse bajo las reglas generales cuando hay una condena, es decir, no abusar de bebidas alcohólicas ni usar drogas.


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