Proponen que las facturas de servicios en Río Negro se ajusten al calendario de pago de salarios
La iniciativa fue presentada en la Legislatura y alcanza a servicios como luz, gas, agua, cloacas e internet.
Un proyecto de ley ingresó en la Legislatura de Río Negro con el objetivo de que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios tarifados fijen la fecha de vencimiento de sus facturas con posterioridad al día 10 de cada mes.
La propuesta fue impulsada por los legisladores del bloque CCARI–Cambiemos, Fernando Frugoni y Javier Acevedo, y alcanza a servicios esenciales como la energía eléctrica, el gas, el agua potable, los servicios cloacales e internet.
Según explicó Frugoni al fundamentar el proyecto, el objetivo es «ser justos con los trabajadores y trabajadoras que perciben un salario, tanto del sector público como del privado«, quienes en muchos casos «se ven obligados a abonar sus facturas fuera de término porque los vencimientos se fijan en los primeros días del mes, mientras que los sueldos suelen acreditarse a partir del día cinco».
El legislador advirtió que, aunque el interés por pago fuera de término puede parecer bajo en términos individuales, la situación adquiere otra dimensión cuando se observa en conjunto. «Si se considera la cantidad de empleados públicos que sufren esta penalización por depender de un cronograma de pagos, las cifras que se recaudan son millonarias», sostuvo.
Como ejemplo concreto, mencionó el caso de Edersa. «Este mes la factura tuvo vencimiento el 4 de febrero, cuando los trabajadores públicos y una gran parte del sector privado cobraron a partir del día 5. En marzo, vencerá el día 2. Este proyecto de ley busca que estas situaciones no se repitan», señaló.
Entre el 11 % y el 14 % del ingreso se destina a servicios esenciales
En los fundamentos de la iniciativa también se subraya el creciente peso que tienen los servicios públicos en la economía familiar. De acuerdo con estimaciones de diversas consultoras, el gasto en este rubro representa entre el 11 % y el 14 % del ingreso mensual de los hogares.
Frugoni recordó además que el artículo 128 de la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744 establece que los salarios deben abonarse dentro de los primeros cuatro días hábiles del mes. Sin embargo, remarcó que en la práctica «estos plazos suelen extenderse tanto en el ámbito público como en el privado», generando un desfasaje entre el momento en que se cobra el sueldo y el momento en que vencen las facturas.
«Esto genera un perjuicio económico significativo, ya que muchas prestadoras fijan el vencimiento de las facturas antes de que los trabajadores perciban sus ingresos, lo que deriva en situaciones de mora involuntaria y en el cobro de recargos que se suman al monto efectivamente consumido», afirmó.
Desde el bloque impulsor sostienen que se trata de una medida de sentido común que no modifica tarifas ni contratos, pero que sí podría aliviar una situación cotidiana que afecta a miles de familias rionegrinas. «Desde nuestra concepción política no podemos permitir que los asalariados, que no cuentan con herramientas para revertir esta realidad, queden atrapados en esta situación, más aún cuando la falta de capacidad de ahorro les impide realizar previsiones para evitar una mora involuntaria», concluyó Frugoni.
Un proyecto de ley ingresó en la Legislatura de Río Negro con el objetivo de que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios tarifados fijen la fecha de vencimiento de sus facturas con posterioridad al día 10 de cada mes.
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