Minería en Río Negro: vence el plazo para presentar declaraciones juradas y pago de regalías

Los productores mineros de primera y segunda categoría deben realizar la declaración jurada de producción. El trámite permite reinscribirse en el Registro de Productores Mineros y determina el monto del pago de regalías a la Provincia.

Redacción

Por Redacción

Este próximo 30 de abril finaliza el plazo para que los productores mineros de primera y segunda categoría presenten la declaración jurada de producción en la provincia de Río Negro. Asimismo, el 10 de mayo será la fecha límite para el pago de Regalías Mineras.

Se consideran como productores de primera categoría aquellos que explotan minerales que pertenecen originalmente al Estado, como el oro, plata, cobre, litio, y hierro, por ejemplo. Por otro lado, los productores de segunda categoría se dedican a los minerales tienen una utilidad pública, pero que le dan prioridad al dueño del suelo para su aprovechamiento, como piedras preciosas o boratos.

Según recordó el gobierno provincial mediante un comunicado, la presentación de la declaración de producción jurada es obligatoria, ya que también reviste el carácter de reinscripción dentro del Registro de Productores Mineros, lo cual es una condición necesaria para mantener la habilitación para operar en el suelo rionegrino.

Estas condiciones fueron establecidas en el Código de Procedimiento Minero de Río Negro. Por este motivo, no presentar la declaración en los términos establecidos puede habilitar al gobierno a realizar las sanciones correspondientes.


¿Qué función cumple la declaración jurada de producción?


A partir de los datos de costos y producción declarados por cada productor, se calculará cuál será el monto que tendrán que abonar por regalías mineras a la Provincia, de acuerdo a la información que se declara en el Formulario 320. El vencimiento para el pago está fijado para el 10 de mayo.

De esta forma, la declaración jurada de producción no solo constituye un requisito administrativo, sino que estructura el cumplimiento de las obligaciones económicas del sector.

Además, la declaración también funciona como fuente oficial de información estadística. Los datos relevados le permiten a la Provincia monitorear el desarrollo de la actividad minera, al conocer cuáles son los niveles de producción, que tipos de minerales son explotados, así como cuanta es la generación de valor, empleo e inversión.

Los productores deben presentar esta declaración ante el área correspondiente. Por eso se recomienda consultar previamente los instructivos disponibles a la oficina virtual de la Secretaría de Energía y Ambiente, accediendo al Portal de la Minería Rionegrina, en la sección “Trámites y formularios”, para completar la documentación requerida de forma correcta.


Este próximo 30 de abril finaliza el plazo para que los productores mineros de primera y segunda categoría presenten la declaración jurada de producción en la provincia de Río Negro. Asimismo, el 10 de mayo será la fecha límite para el pago de Regalías Mineras.

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