Un juez de Chubut aplicó «lenguaje claro» en un fallo por abuso y anexó una carta para la víctima

Carlos Richeri condenó a tres años de prisión en suspenso a un hombre por abusar de una niña bajo su guarda en Lago Puelo. A la sentencia le anexó una carta escrita para la niña, en la que le explica por qué lo condenó y le dice que la decisión no fue responsabilidad de ella.

Por Carlos Guajardo

El juez penal Carlos Richeri, de la jurisdicción de Esquel, dictó la sentencia en Lago Puelo. (Foto: gentileza)

El juez penal Carlos Richeri, de la jurisdicción de Esquel, dictó la sentencia en Lago Puelo. (Foto: gentileza)

La Justicia de Chubut condenó este jueves en Lago Puelo a tres años de prisión en suspenso a un hombre por abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de la víctima. Además de la pena y las costas, el juez impuso pautas de conducta de cumplimiento obligatorio, cuyo incumplimiento puede derivar en la revocación del beneficio de la condena condicional.

El fallo lo dictó el juez penal Carlos Richeri, de la jurisdicción de Esquel, que intervino porque Lago Puelo no cuenta con magistrado propio. Actuó como Tribunal Unipersonal, tras la investigación a cargo del fiscal de la causa.

Según informó el Poder Judicial, la resolución fue redactada en lenguaje sencillo «para que sea claro y comprensible para cualquier persona que lo lea, y así fortalecer el principio de publicidad de los actos del Poder Judicial». El rasgo distintivo del fallo, sin embargo, fue la incorporación de un anexo: una carta dirigida a la víctima, que tenía 8 años al momento del hecho y 10 durante las audiencias del juicio.

En los fundamentos, Richeri sostuvo: «El derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados comprende también el derecho a comprender lo que se decide sobre aquello que les ocurrió. Por eso me propongo que, cuando llegue el momento en que a la niña le sea explicada esta decisión, el texto no constituya un obstáculo».

Además, remarcó que una decisión judicial escrita en lenguaje claro «refuerza la confianza pública en nuestra justicia provincial».

En ese anexo, el magistrado buscó explicarle los motivos de la condena y el alcance de la ley penal sin tecnicismos. En diálogo con Diario RÍO NEGRO, Richeri señaló la exigencia que le demandó ese apartado: «No quería equivocarme en ninguna letra. Lo corregí como cien veces. Es lo que más tiempo me llevó«.

Qué le dice la carta del juez de Chubut que anexó para la víctima


«Me llamo Carlos Richeri y fui el juez del juicio en el que se trató lo que te pasó. Te escribo porque tenés derecho a saber qué se decidió y por qué, con palabras que entiendas«, comienza el escrito.

En los primeros párrafos, el juez le explica cómo trabaja un magistrado: «La ley me exige que, para condenar a alguien, esté completamente seguro. Si me hubieran quedado dudas, la ley me obligaba a no condenar». Tras escuchar todas las declaraciones, concluyó: «Lo que vos contaste coincidió con todo lo demás, y las explicaciones que dio tu tío no coincidieron entre ellas. Por eso decidí que pasó lo que vos contaste«.

Uno de los tramos centrales de la carta está destinado a despejar cualquier sentimiento de culpa en la víctima: «A tu tío lo condené por lo que él decidió hacer. Es una persona grande, sabía lo que estaba haciendo, y por eso tiene que hacerse cargo. No lo condené por lo que vos contaste. La decisión la tomé yo, con mi responsabilidad, no con la tuya. Vos contaste lo que te pasó, que es lo que te tocaba hacer, y ahí terminó tu parte».

En otro pasaje, el magistrado aborda los mecanismos de ocultamiento que suelen atravesar las situaciones de violencia contra las infancias: «Tu tío te pidió que no lo contaras. Cuando un grande le pide a un chico que esconda algo que lo hizo sentir mal, ese pedido no se cumple. No estabas obligada a guardarlo, ni entonces ni nunca«.

La explicación de la pena en suspenso


La carta explica también por qué el condenado no irá a prisión: «Tu tío no va a ir a la cárcel, y no es porque no te haya creído. La ley dice que cuando una persona nunca antes fue condenada, y la pena es la más baja que la ley permite para ese caso, esa persona cumple la condena afuera, pero con reglas que tiene que obedecer durante tres años. Una de esas reglas es que no puede tener ningún contacto con vos: ni hablarte, ni escribirte, ni mandarte mensajes con otra persona. Si incumple las reglas, la condena se cumple en la cárcel».

Hacia el final, el juez le dice: «Tu mamá te enseñó que hay que decir siempre la verdad, y eso te va a servir toda la vida. Ya no tenés que hacer nada más sobre esto. Si alguna vez querés preguntar algo, podés hacerlo a través de tu mamá o de las personas del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, que te van a acompañar».


La línea 137 y su WhatsApp (113133-1000) funcionan como un espacio de atención y acompañamiento a víctimas de violencia familiar y sexual, por lo que la comunicación a través de estos medios no constituye una denuncia legal. El equipo profesional brinda contención y orientación, pero no reemplaza el trámite de radicar la denuncia formal. Se recomienda realizar la denuncia penal o civil correspondiente ante las autoridades competentes para activar los mecanismos de protección.


La Justicia de Chubut condenó este jueves en Lago Puelo a tres años de prisión en suspenso a un hombre por abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda de la víctima. Además de la pena y las costas, el juez impuso pautas de conducta de cumplimiento obligatorio, cuyo incumplimiento puede derivar en la revocación del beneficio de la condena condicional.

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