Zonas Frías: el Gobierno promulgó la nueva ley que cambia los descuentos en las tarifas de gas
Su promulgación se formalizó con la publicación en el Boletín Oficial. La normativa readecua el régimen de subsidios al consumo residencial de gas natural en zonas frías, regulariza deudas eléctricas y deroga los decretos 277/2022 y 929/2013. De este modo, se elimina el beneficio automático en la boleta para 3,1 millones de hogares del país.
Zonas Frías.
El Gobierno promulgó la Ley 27.828, que redefine el régimen de Zona Fría y restringe el acceso al descuento automático en la boleta de gas. La norma, oficializada en el Boletín Oficial, modifica tanto el alcance de esta tarifa diferencial como la base de cálculo sobre la cual se aplica el beneficio.
La reforma retrotrae el esquema al criterio climático original de 2002, por lo que solo conservarán el beneficio la Patagonia, Malargüe (Mendoza) y la Puna. Así, quedan excluidos los distritos incorporados durante la ampliación de 2021, la cual había multiplicado los beneficiarios de 950.000 a 4 millones al sumar zonas de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y San Luis sin condiciones climáticas extremas.
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa, este sistema tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2031. Entre los municipios alcanzados por la reforma se encuentran: Bahía Blanca, Mar del Plata, Tandil, Olavarría, Azul, Necochea, Pinamar, Villa Gesell, Tres Arroyos, Junín, Pergamino, Pilar, San Nicolás, San Pedro, Balcarce, Cañuelas, Chivilcoy y Coronel Suárez.
Zonas Frías: los requisitos para pedir el beneficio
Para acceder al beneficio, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, residir en las subzonas bioambientales contempladas por la ley y no formar parte de la Patagonia, Malargüe o la Puna, donde se mantiene el beneficio histórico.
Para acceder a la bonificación adicional, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, residir en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI definidas bajo la norma IRAM 11.603; y no formar parte de la Patagonia, Malargüe o la Puna, donde se mantiene el beneficio histórico.
También deberán cumplir al menos una de estas condiciones:
- Registrar ingresos netos familiares de hasta el equivalente a tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2, según el Indec.
- Tener en el hogar a una persona con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP.
- Contar con un integrante que perciba una pensión vitalicia como veterano de la Guerra del Atlántico Sur.
- Tener un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), aunque en esos casos la Secretaría de Energía deberá evaluar la necesidad de asistencia económica para afrontar el servicio.
La ley no detalla aún el mecanismo de inscripción ni el procedimiento para acreditar las condiciones requeridas.
Zonas Frías: cómo se financiará el nuevo fondo
El Gobierno confirmó que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se financiará mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del recurso en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). El abono regirá para el consumo y la comercialización por redes o ductos en todo el país, aunque el Poder Ejecutivo quedó facultado para modificar esa cifra hasta en un 50%.
De este cargo quedarán exentas las exportaciones y el GNL importado que se sume al sistema tras ser regasificado. Asimismo, se determinó que los productores actuarán como agentes de percepción y deberán transferir directamente los recursos al fondo.
La medida introduce un cambio central en la facturación: la bonificación ya no se calculará sobre el importe total de la boleta, sino únicamente sobre el valor del gas en el PIST. Como consecuencia, rubros como la distribución, el transporte y los componentes impositivos perderán el beneficio, lo que podría derivar en un incremento final de la factura, incluso para los usuarios de zonas que conserven el régimen histórico.
El Gobierno promulgó la Ley 27.828, que redefine el régimen de Zona Fría y restringe el acceso al descuento automático en la boleta de gas. La norma, oficializada en el Boletín Oficial, modifica tanto el alcance de esta tarifa diferencial como la base de cálculo sobre la cual se aplica el beneficio.
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