Condenan a 18 años de prisión a un padre violador
También fue condenado por abuso de una sobrina. El fallo apuntó al grave daño producido a la salud mental de una de las niñas.
JUSTICIA
Los testimonios de las niñas, sumado a los informes de los profesionales que atendieron a las víctimas y las pericias permitieron a los jueces de la Cámara Criminal Primera, Marcelo Barrutia, Alejandro Ramos Mejía y Miguel Gaimaro Pozzi condenar a 18 años de prisión a un sujeto como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual en perjuicio de una sobrina y por la violación reiterada de su hija, agravada por el grave daño producido en la salud mental de la niña, junto con el delito de corrupción de menores.
“Los extremos de la acusación en torno a ambos tópicos se encuentran debidamente acreditados mediante la evidencia colectada”, afirmó Gaimaro Pozzi en su voto al que Barrutia y Ramos Mejía adhirieron. La sentencia se conoció ayer.
De acuerdo a la acusación fiscal, al imputado se le atribuyó un hecho que ocurrió durante 2010, en una fecha que no se pudo precisar, cuando abusó -sin acceso carnal- de una sobrina de 9 años, que se había quedado a dormir en la casa de su tía y pareja del imputado.
Además se le atribuyó al acusado haber violado en forma reiterada a su hija desde 2007, cuando la niña cumplió 5 años, hasta que el imputado se ausentó de Bariloche, en enero de 2013. Los hechos ocurrieron en las viviendas que el imputado compartió con el grupo familiar.
El acusado negó los hechos ante el Tribunal. Atribuyó el origen de la denuncia a un problema con su expareja, que comenzó a salir con un amigo. Afirmó que era todo un invento y hasta señaló que las niñas se expresaron de la manera que lo hicieron por un “maleficio umbanda”.
El Fiscal de Cámara Martín Lozada pidió al Tribunal que le impongan 18 años de prisión al imputado, cuyo nombre se mantiene en reserva para proteger a las víctimas, porque alegó que se probaron los hechos. Lo acusó del delito de abuso sexual agravado, en concurso real con el de violación reiterada, agravada por el grave daño producido en la salud mental de la victima y por ser su ascendiente, en concurso ideal con el de corrupción agravada.
“Ambas menores al expresarse bajo la fórmula de la Cámara Gesell reproducida en audiencia de debate han sido elocuentes en detallar las maniobras abusivas a la que eran sometidas por el imputado”, destacó Gaimaro Pozzi.
Y descartó la posibilidad de fabulación de las niñas. “Los relatos de ambas se advierten absolutamente creibles, conforme lo indican los informes de los profesionales que intervinieron en sus respectivos abordajes”, afirmó.
DeBariloche
JUSTICIA
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora