Acusados por “abandono seguido de muerte”, no por homicidio
Tres jóvenes son los imputados. En el hecho ocurrido en 2011 en un camping del Manso Inferior murió Omar Inostroza.
INVESTIGACIÓN
Los jueces de la Cámara Criminal Segunda, Gregor Joos, Héctor Leguizamón Pondal y César Lanfranchi desestimaron los recursos de apelación de la defensa de Héctor Nicolás y Jorge Luis Orrego y Ricardo Gastón Montero y, en consecuencia, confirmaron el procesamiento de los tres jóvenes imputados por el delito de abandono de persona agravado por la muerte de Omar Inostroza.
El fallo que confirmó el procesamiento -sin prisión preventiva- de los imputados se dictó en junio pasado, pero trascendió recién esta semana de fuentes judiciales. Los jueces desestimaron además el recurso de apelación de la querella, que planteó un error de congruencia en el procesamiento porque sostenía que los imputados debían ser imputados por el delito de homicidio.
Los tres jóvenes habían sido procesados a principios de este año por el juez de Instrucción Marcos Burgos como coautores del delito de abandono de personas agravado por la muerte de la víctima. El Código Penal impone entre 5 y 15 años de prisión al autor de ese delito.
El hecho que se les atribuye a los tres procesados ocurrió el 1 de enero de 2011, en el camping La Isla, ubicado en el Paraje Manso Inferior, a unos 600 metros de la Escuela 92.
De acuerdo a la acusación fiscal, tras una fiesta dos grupos de jóvenes se pelearon. Un grupo salió en persecución de cuatro jóvenes, entre los que estaba Inostroza. Dos jóvenes huyeron en una dirección y la víctima, junto con otro familiar, corrió en otro sentido. El joven que escapaba con Inostroza al llegar a una bifurcación, avanzó hacia unos gomones, mientras que Inostroza siguió en el sentido del río Manso.
La acusación fiscal sostiene que los imputados corrían a Inostroza para alcanzarlo con intenciones de lesionarlo. Cuando lograron acorrarlo alrededor de las 7, lo expusieron a que se arroje a las aguas del caudaloso río. De ese modo pusieron en peligro su vida.
Inostroza no sabía nadar y nadie lo auxilió. El cuerpo sin vida del joven apareció siete días después, cuando personal de Prefectura Naval lo encontró. La autopsia estableció que murió ahogado.
“Podemos concluir que este acceso por parte de Inostroza al río responde al accionar de los imputados”, dice el fallo de la Cámara al que accedió “Río Negro”. “En consecuencia, se encontraban en la obligación de socorrrerlo en posición de garante por cuanto fueron ellos quienes lo colocaron en situación de desamparo”, indica la sentencia.
DeBariloche