Definen mañana las penas para Fernández y Godoy

Fiscalía y querella del caso Aigo van por cárcel efectiva. Defensor reclama que sean condenas en suspenso.

JUDICIALES

JUNÍN DE LOS ANDES (ASM).- El fallo sobre la pena que se impondrá a Marcos Fernández y Analía Godoy, ya declarados culpables de falso testimonio y encubrimiento en la causa Aigo, se conocerá recién mañana, aunque las opciones de la decisión quedaron delineadas durante los alegatos de ayer: prisión en suspenso o de cumplimiento efectivo.

La querella fue la más dura, al solicitar 4 años y medio de cárcel para el joven hijo del intendente de San Martín de los Andes, y 3 años y medio para su esposa, ambas penas de cumplimiento efectivo; mientras que la fiscalía se inclinó por 4 años de prisión efectiva para Fernández y 3 años en suspenso para la mujer.

Como era de esperar, la defensa pidió el mínimo de la pena, con aplicación en suspenso y sin prisión preventiva a la espera de que el fallo quede en firme.

Los jueces Andrés Repetto, Lupica Cristo y Cristian Piana decidieron consumir las 48 horas que les otorga el Código Procesal Penal para emitir su fallo en esta etapa del proceso conocida como audiencia de “cesura” o pena. La decisión se conocerá mañana por medio de la Oficina Judicial de Junín de los Andes.

La pena potencial para la suma de los delitos en este caso va de uno a seis años. Pero esa gradación punitiva pone las miradas en la decisión concurrente de los jueces respecto del encierro en cárcel o no de los ya declarados responsables de falso testimonio y encubrimiento calificado.

Esa disyuntiva fue la pieza central de los alegatos de la acusación, ejercida ayer por el fiscal González y el querellante Lucero. Entienden que sin prisión efectiva, en especial para Fernández, se habrá de consagrar una injusticia. Cada uno a su turno hizo pie en la extensión del daño provocado por las mentiras imputadas a ambos jóvenes. A su juicio, ambos propiciaron la fuga de los autores del crimen del sargento Aigo: los ciudadanos chilenos Salazar Oporto (autor de los disparos) y Alexis Cortés Torres.

Luego se conocería que los chilenos estaban en Argentina con nombres falsos y eran miembros de organizaciones políticas armadas y clandestinas surgidas en su país.

Ese dato fue crucial para el fiscal y el querellante, pues interpretaron que este caso no puede ser tenido como otros de falso testimonio y encubrimiento. “Aquí dos guerrilleros buscados en su país mataron a un policía y se profugaron, con el auxilio de los acusados que merced a sus probadas mentiras a la justicia les facilitaron el tiempo para la huida”, dijeron.

A la hora de establecer los motivos, el fiscal dijo que no fueron otros que la pura identificación ideológica con aquellos a los que llamó “terroristas”. Del mismo modo enfatizaron sobre el dolor, las secuelas y perjuicios causados a la familia del policía asesinado en marzo de 2012 y a la comunidad.

Pero la defensa refutó ese y otros argumentos de similar tono, al recordar que Fernández y Godoy no fueron llevados a juicio por el homicidio de Aigo, que estuvo en la mano de quien empuñó el arma. El abogado Mariano Laprida recordó que aun cuando los jóvenes mantienen su convicción de inocencia sobre los delitos imputados, la fuga de Salazar Oporto y Cortés Torres no puede atribuirse a ellos sino a fallas en el vasto operativo de búsqueda que le siguió al crimen.

Laprida insistió en que los jóvenes, padre y madre de dos niños, tienen una destacada integración social en su comunidad de Mallín Ahogado, donde también residía Salzar Oporto. Allí son reputados -recordó, conforme testigos- como “personas de bien, confiables y solidarias”.


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