Las ventajas de la Factura de Crédito Electrónica para MiPymes
La herramienta otorga fluidez financiera a pequeñas empresas. Las facturas electrónicas emitidas por una MiPyme se convierten en un activo negociable en el mercado, lo que permite anticipar cobros y ampliar el acceso a capital de trabajo.
Por Dayana Rivarola (Larrondo, Tonelli & Asoc.)
El Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyme (FCEM), entró en vigencia en el año 2018 en el marco de la Ley N° 27.440 de Financiamiento Productivo, con el fin de impulsar el financiamiento de las MiPymes y modernizar el mercado de capitales.
A través de este sistema, las empresas pueden convertir sus facturas emitidas a grandes empresas en instrumentos financieros negociables, reduciendo los plazos de cobro y mejorando su capital de trabajo.
El uso de la FCEM es obligatorio cuando una MiPyme factura a una empresa que clasifica como “Grande” (es decir, excede los parámetros establecidos para ser una MiPyme), siempre que el monto de la factura sea igual o superior a $3.958.316,00 según última actualización publicada por ARCA en abril de este año.
De manera optativa, puede aplicarse entre MiPymes, su uso se vuelve obligatorio si la MiPyme receptora se adhiere al régimen voluntariamente.
Emisión de la factura
Las facturas de crédito se emiten desde la plataforma de ARCA o mediante sistemas habilitados por web service. Además de los requisitos formales de cualquier factura, deben incluir datos adicionales como el CBU del emisor y la fecha cierta de pago.
Al confeccionar, el emisor debe optar por uno de los dos canales de circulación disponibles:
•Agente de Depósito Colectivo (ADC), para su negociación en el mercado de capitales.
•Sistema de Circulación Abierta (SCA), para su transferencia y cobro en el sistema bancario.
Aceptación y efectos jurídicos
La empresa receptora (generalmente una empresa grande), será notificada en el domicilio fiscal electrónico de la recepción de la factura. A partir de ese momento, dispone de 21 días corridos para aceptarla, rechazarla o cancelarla. Si no realiza ninguna de estas acciones dentro del plazo, la factura se considera aceptada tácitamente.
El uso de la FCEM es obligatorio cuando una MiPyme factura a una empresa que clasifica como “Grande” (es decir, que excede los parámetros MiPyme).
Una vez aceptada, de manera expresa o tácita, la factura de crédito se convierte en un título ejecutivo y valor no cartular, es decir, un documento con fuerza legal que representa una obligación incondicional de pago. Esta aceptación es irrevocable: una vez aceptada, la factura no puede anularse ni modificarse mediante notas de crédito.
Negociación y financiamiento
Aceptada la factura la MiPyme tendrá la opción de esperar a la fecha de vencimiento para su cobro, o de negociarla en el mercado financiero, lo que permite obtener liquidez anticipada. La transferencia puede hacerse a través del ADC o del SCA, según la opción elegida por el emisor.
El ADC (por ejemplo, Caja de Valores S.A.) actúa como un intermediario financiero y permite que la factura sea negociada dentro del mercado de capitales.
Para utilizar esta opción, la MiPyme debe tener una cuenta comitente en un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC) o en una plataforma habilitada. Si no la posee, deberá gestionarla antes de negociar la factura.
La factura de crédito podrá ser transmitida al agente para su negociación en el Mercado de Capitales toda vez que la MiPyme exprese su voluntad en el Registro correspondiente (a cargo de ARCA). La Empresa Grande recibirá una comunicación informando la mencionada transferencia de la factura de crédito y el nuevo domicilio de pago (CBU del agente).
A través del agente, la MiPyme puede vender su factura a un inversor que le adelanta el monto, descontando los intereses correspondientes. Cuando llega la fecha de vencimiento, la empresa grande deudora realiza el pago directamente en el CBU del agente, quien transfiere los fondos al inversor que compró la factura.
El SCA es un sistema desarrollado bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Permite la negociación y cobro electrónico de las facturas de crédito en el sistema financiero tradicional (bancos). Una vez aceptada por la empresa grande, la factura se transfiere al SCA. A través del home banking del banco, o de las entidades financieras con las que opera habitualmente, la MiPyme puede visualizar la factura de crédito y optar por negociar su cobro de manera anticipada, mediante el denominado descuento de factura, accediendo así a liquidez inmediata sin esperar al vencimiento del pago.
La cancelación de la factura se efectúa por compensación interbancaria en la fecha de vencimiento del pago, mediante el débito en la cuenta de la empresa pagadora y el crédito en la cuenta de la MiPyme, si conservó la factura, o en la del nuevo tenedor del crédito, en caso de haberla negociado.
Conclusión
La Factura de Crédito Electrónica MiPyme (FCEM) se constituye como una valiosa herramienta para fortalecer el flujo de caja de las pequeñas y medianas empresas. Este instrumento permite que las MiPymes no deban esperar largos períodos para hacerse de sus ingresos, transformando sus facturas en activos financieros líquidos.
Asimismo, el régimen impulsa una mayor formalización y transparencia en las relaciones comerciales de las grandes compañías compradoras y sus proveedores MiPymes, buscando reducir las asimetrías de poder de negociación entre ambas. Cada factura aceptada dentro del sistema queda registrada electrónicamente, con trazabilidad completa del ciclo de emisión, aceptación y pago. Esto contribuye a un entorno de mayor confianza, previsibilidad y cumplimiento en la cadena de pagos.
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