RIMI para pymes: la guía definitiva con las 10 claves del nuevo régimen para reactivar inversiones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el procedimiento para acceder a los fuertes incentivos fiscales. Rige para proyectos productivos de entre US$150.000 y US$9 millones con alto impacto en el desarrollo regional.

Redacción

Por Redacción

El Gobierno nacional dio un paso decisivo para poner en marcha el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), un esquema diseñado para motorizar desembolsos productivos nacionales y extranjeros en sectores clave como la agroindustria, la tecnología y los servicios asociados a la energía. A través de la Resolución General Conjunta 5849/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), junto con las secretarías de Agricultura y de Energía, terminaron de definir la letra chica operativa para que las pequeñas y medianas empresas comiencen a adherirse al programa.

El RIMI, contemplado originalmente dentro de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, funciona como un «hermano menor» del RIGI pero enfocado de lleno en el entramado MiPyME, otorgando un menú de beneficios tributarios agresivos —centrados en la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada del IVA— para quienes ejecuten planes de inversión productiva en un plazo de dos años.

El impacto regional y los pasos pendientes


Para las empresas de la Patagonia y el interior del país, el inicio de este régimen opens una ventana de previsibilidad para proyectos de infraestructura media y tecnificación. Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, la norma conjunta complementó al Decreto 242/2026 y fijó de manera oficial el inicio del reloj: el plazo de dos años para computar las inversiones corre desde este martes 19 de mayo de 2026.

No obstante, Domínguez aclaró que el esquema no está 100% operativo en los sistemas. Las empresas deberán avanzar primero con el análisis técnico de sus proyectos, el flujo de caja y la actualización de sus carpetas, dado que resta que ARCA habilite formalmente la plataforma web del Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) y que las secretarías de Energía y Agricultura publiquen los anexos específicos con la nómina de bienes de capital e insumos alcanzados por el beneficio arancelario de tasa cero o sin piso mínimo de inversión.

Las 10 claves del nuevo esquema reglamentado por ARCA


1. Quiénes pueden acceder y quiénes quedan excluidos

El beneficio está destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas hasta la categoría Mediana Tramo 2 inclusive que cuenten con su certificado vigente. También alcanza a sociedades comerciales, empresas unipersonales, fideicomisos y entidades civiles registradas ante ARCA. En la otra vereda, quedan excluidos de forma taxativa quienes ya perciban beneficios del RIGI por los mismos proyectos, arrastren deudas fiscales firmes, exigibles e impagas, o se encuentren en estado de quiebra.

2. Qué inversiones califican como productivas

El texto oficial considera elegibles la adquisición, elaboración, fabricación o importación de bienes muebles nuevos amortizables, catalogados como Bienes de Capital o de Informática y Telecomunicaciones. También incluye la realización de obras productivas y los gastos de instalación inescindibles. En el caso de obras preexistentes, califican aquellas que al 6 de marzo de 2026 registraban un avance inferior al 30% del presupuesto total, un estado físico que deberá acreditarse mediante auditoría técnica o facturación en la plataforma digital.

3. La ventaja de las inversiones sin monto mínimo

Se introdujo una categoría especial que no requiere alcanzar un piso de dinero para gozar de los incentivos. Aquí ingresan los sistemas y equipos de riego agrícola, mallas antigranizo para el sector agropecuario, semovientes nuevos (animales reproductores de genética superior) y equipamiento de alta eficiencia energética. En estos casos seleccionados, la amortización en Ganancias se podrá realizar al 100% en una sola cuota anual, permitiendo deducir el costo total durante el primer ejercicio fiscal.

4. Qué activos quedan expresamente fuera del beneficio

La reglamentación prohíbe de forma directa volcar estos incentivos a activos financieros, inversiones de portfolio o bienes de cambio, es decir, mercadería destinada al stock comercial diario. A su vez, los automóviles particulares quedaron completamente fuera del esquema de asistencia tributaria, independientemente del valor de mercado del rodado o de la función de traslado logístico que presten dentro de la compañía.

5. El beneficio de la amortización acelerada en Ganancias

Este incentivo permite deducir los costos de inversión de manera drástica frente al régimen general vigente. Para los bienes muebles generales, el RIMI prevé el cómputo en solo dos cuotas anuales iguales y consecutivas. Para las obras de infraestructura, la amortización se calcula reduciendo la vida útil estimada al 60%. En tanto, para los equipos de riego, mallas, semovientes y eficiencia energética, la deducción total del 100% se aplica en el balance del primer año.

6. Devolución anticipada de IVA

El segundo pilar central corresponde al reintegro de los créditos fiscales de IVA vinculados a los desembolsos productivos. Las pymes podrán solicitar la devolución una vez transcurridos tres períodos fiscales mensuales consecutivos desde el momento en que resulte procedente el cómputo del crédito. La resolución fijó un tope para resguardar las arcas públicas: el monto a reintegrar no podrá superar el equivalente al 50% del cupo anual previsto para el régimen de devolución de IVA por exportaciones fijado en la Ley de Presupuesto.

7. Los montos mínimos exigidos por categoría

Para conservar los derechos del RIMI, las empresas deben consolidar desembolsos mínimos obligatorios en el lapso de 24 meses. La escala se divide según el tamaño corporativo: las microempresas tienen un piso de US$150.000; las pequeñas empresas deben aportar US$600.000; las Medianas Tramo 1 enfrentan un mínimo de US$3,5 millones; y las Medianas Tramo 2 deben alcanzar los US$9 millones. Para contratos y compras hechas en pesos, la conversión a dólares se realizará utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la factura.

8. El inicio formal del plazo legal

A diferencia de otros regímenes que toman el año fiscal cerrado, el RIMI estableció que la ventana temporal de ejecución comenzó de forma inmediata con la publicación de esta norma conjunta en el Boletín Oficial. El período bianual e improrrogable para completar los hitos de inversión física y financiera abarca desde el 19 de mayo de 2026 hasta el 19 de mayo de 2028.

9. Requisitos administrativos obligatorios

Toda la gestión integral se concentrará de forma digital en el ecosistema de ARCA. Será condición obligatoria e indispensable que las firmas mantengan su Certificado MiPyME vigente al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal en el que se realice el primer desembolso. Las entidades sin fines de lucro tendrán una caracterización especial válida hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de su balance. Si en ese lapso no inician la inversión, el trámite caduca.

10. Lo que todavía falta dictaminar para operar

Las empresas deben saber que la adhesión formal en los servidores de ARCA no se puede realizar hoy mismo. El esquema estará 100% operativo cuando el organismo habilite el software del Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) en su web, el Ministerio de Economía amplíe formalmente la nómina de posiciones arancelarias de bienes de capital alcanzadas, y las secretarías de Energía y Agricultura publiquen los reglamentos técnicos de los equipos de riego y eficiencia energética.


El Gobierno nacional dio un paso decisivo para poner en marcha el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), un esquema diseñado para motorizar desembolsos productivos nacionales y extranjeros en sectores clave como la agroindustria, la tecnología y los servicios asociados a la energía. A través de la Resolución General Conjunta 5849/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), junto con las secretarías de Agricultura y de Energía, terminaron de definir la letra chica operativa para que las pequeñas y medianas empresas comiencen a adherirse al programa.

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