El «clan» Reggioni fue encontrado culpable por negociaciones incompatibles

El ex intendente de Oro, su pareja, su hijo y una mujer fueron encontrados culpables por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública. El fiscal Merlo los definió como un "clan". A Maldonado, además, le sumaron otro delito.

Juan Reggioni, su pareja Elba Maldonado, el hijo Diego Quintero, y Julia Susana Arellano Sánchez fueron encontrados culpables del delito de negociaciones incompatibles con la función pública. Maldonado fue además, hallada responsable por el delito de estelionato, ya que gestionó el alquiler de un inmueble sobre el que no tenía poder.

La investigación surgió de un informe de “Río Negro” , que reveló la compra irregular de un terreno social por parte del dirigente justicialista mientras estaba a cargo del Poder Ejecutivo en la localidad.

Frente al ex intendente y su esposa, su abogado defensor, Antonio Barrera Nicholson, Diego Quintero y el abogado de Arellano Sánchez, Pablo Barrionuevo, el magistrado leyó el veredicto. Ayenao, defensora de Quintero, había anunciado que no estaría presente. Arellano Sánchez tampoco se presentó.

El juez Álvaro Meynet consideró que la teoría del caso que planteó la acusación fiscal fue acreditada en un todo, y consideró que las pruebas y testimonios que lo sustentaron fueron contundentes.

“No me cabe la menor duda que el imputado se interesó en el lote en cuestión el cual había sido dispuesto a favor de la víctima en el marco de un plan de loteos sociales por parte del Municipio de la localidad de Fernández Oro”, manifestó Meynet en su fallo.

“Todas las maniobras y actos simulados no hacen otra cosa que poner evidencia el verdadero propósito de hacer ingresar como sea el bien al patrimonio familiar”, agregó.

La semana pasada, en los alegatos de cierre, el fiscal Guillermo Merlo aseguró que se trata de «una familia clan», en la que «todo es para todos», en referencia al lote que compraron de forma irregular.

Los cuatro imputados están implicados en la compra irregular de un terreno ubicado en un el Loteo Social III, en la ciudad de Fernández Oro. Maldonado y Reggioni alquilaban a Carlos Vázquez una vivienda que fue edificada por el ex intendente, en el lote que fue adjudicado a Miriam Canale, quien le otorgó un poder sobre el mismo a Arellano Sánchez, quien luego lo cedió a Quintero. Para transferirlo debían transcurrir tres años luego de la escrituración.

Las penas son triples, e implican de seis meses a tres años de prisión, la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos, y una multa que va de una a cinco veces los beneficios obtenidos.

La principal pena es la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos

Otras penas

multa
de 1 a 5 veces el beneficio obtenido
prisión
de seis meses a tres años

Resta, para avanzar en este proceso, el juicio de cesura, en el que se determinará la pena, y luego, las correspondientes instancias de apelación


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