El delito de “falta de heroísmo”

No resulta aceptable que se acuse a jueces, fiscales y periodistas por no haber arriesgado su vida enfrentando a los militares. La ignorancia o el olvido hipócrita acerca de aquel contexto permite ahora que aparezcan campeones de los derechos humanos que levantan espadas flamígeras y andan a la búsqueda de supuestos cómplices de la dictadura.

Redacción

Por Redacción

Jueces, fiscales y periodistas durante la dictadura

La caracterización de la dictadura militar como “cívico-militar” lleva implícito el propósito de considerar que el denominado “Proceso” que se vivió entre los años 1976 y 1983 fue un gobierno compartido entre las Fuerzas Armadas y sectores civiles. De esta caracterización interesada deviene el deseo de algunos grupos de derechos humanos por perseguir penalmente a jueces, fiscales, empresarios, dueños de medios de comunicación o jerarcas de la Iglesia a los que se les atribuye complicidad con la dictadura militar. Quizás en algunos casos particulares se pueda probar una responsabilidad basada en actos concretos de colaboración. Lo que no resulta aceptable es que se quiera llevar las cosas a un extremo donde la acusación consiste en atribuirles a los imputados la falta de heroísmo por no haber arriesgado su vida enfrentando a los militares.

La dictadura militar que asoló el país en aquella época desarrolló una cruel labor de exterminio de lo que denominaba “grupos subversivos”, sus colaboradores o simples simpatizantes. Todo aquel que aparecía de un modo u otro relacionado -bastaba estar incluido en la agenda telefónica de un detenido- era pasible de secuestro, tortura o desaparición. De este modo, fueron miles los seres humanos abatidos en la mesa de torturas o en falsos enfrentamientos, fusilados o arrojados al mar.

La metodología de secuestro-tortura-desaparición fue llevada a cabo de modo clandestino. En general, la población civil desconocía lo que estaba pasando. Lógicamente, se tenía información de que se había producido la aparente detención de una persona, pero luego los familiares deambulaban de comisaría en comisaría sin tener más noticias del detenido. Era muy poca la información que se recibía de las autoridades militares y así se fue extendiendo un clima de terror generalizado. Sólo en los últimos años de la dictadura, y como consecuencia de la prédica de las organizaciones de derechos humanos del interior y del exterior, se tuvo alguna conciencia de lo que estaba pasando.

Por consiguiente, debemos reconocer que en ese contexto no era fácil encarar una investigación judicial o conseguir una cobertura periodística de algún hecho relevante. Había una censura explícita e implícita que obturaba toda fuente de información. Los fiscales que iniciaban una investigación por algún hábeas corpus no obtenían información de las autoridades policiales y militares y debían resignarse a dejar los expedientes indefinidamente abiertos o disponer el archivo por la falta de progresos investigativos.

La ignorancia o el olvido hipócrita acerca de aquel contexto permite ahora que aparezcan campeones de los derechos humanos que levantan espadas flamígeras y andan a la búsqueda de supuestos cómplices de la dictadura. Se ha convertido casi en un negocio de alta rentabilidad moral que permite exhibir títulos y ascender en la escala social. Tener chapa de defensor de los derechos humanos paga bien en una sociedad que quiere redimir las culpas que estos fiscales morales le atribuyen por haber guardado silencio ante la violación masiva de los derechos humanos.

Algunos jueces se han sumado con entusiasmo a esta modalidad de defender retrospectivamente los derechos humanos. La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, por ejemplo, en el caso “Guil y otros”, defiende el criterio de que los delitos de prevaricación y encubrimiento atribuidos a un juez son conexos al de desaparición y por lo tanto “constituyen delitos de lesa humanidad” que son, por su naturaleza, imprescriptibles. Esta expansión absurda de la responsabilidad penal sólo puede entenderse como expresión ideologizada que quiere trasladar al derecho penal una evaluación moral o política retroactiva.

En el libro editado recientemente por Juan Pablo Bohoslavsky (”¿Usted también, doctor”?) hay muchos autores que se pliegan a la tesis de la complicidad de jueces, fiscales y abogados con la dictadura. Llegan incluso a pedir el procesamiento del fiscal Julio César Strassera, recientemente fallecido. Pero en ese libro también hay un trabajo del profesor de la UBA Marcelo Alegre que tiene el valor de poner las cosas en su justo lugar.

Se pregunta Marcelo Alegre: “¿Es adecuado aplicar las expectativas morales actuales a la conducta de los jueces en un contexto muy diferente?”. Y responde: “La contracara del terrorismo de Estado es la existencia de una sociedad aterrorizada, lo que incluye -en principio- a los funcionarios judiciales. Quienes juzguen a los jueces de entonces no podrán eludir preguntarse qué alternativa tenían aquellos magistrados en el ejercicio de su función que no implicara su destitución o un alto riesgo para su vida”.

Algunos de estos valientes defensores actuales de los derechos humanos violados en los 70 sostienen que “la memoria social es un campo de batalla en el que diversos actores se enfrentan por dotar de sentido al pasado”. Trasladan así la lógica amigo-enemigo, de la que tanto ha abusado el kirchnerismo, al plano histórico, lo que no es recomendable cuando se quiere hacer un análisis sincero de todos los errores cometidos en el pasado. Menos aceptable es que esa lógica se quiera llevar al plano penal. Estaríamos recreando así el “derecho penal del enemigo”, que fue justamente la concepción ideológica que les permitió a los militares emprender sin remordimientos el patriótico “aniquilamiento de la subversión”.

ALEARDO F. LARÍA

aleardolaria@rionegro.com.ar

ALEARDO F. LARÍA


Jueces, fiscales y periodistas durante la dictadura

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